Acuerdo 478

Designación de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario en la República de Chipre

Organismo
Consejo de Estado
Fecha emisión
2025-09-24
Publicada en
Gaceta No. 83 Ordinaria de 2025 (2025-11-04)
Páginas
3
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El Consejo de Estado designa a Rubén Pino Martínez como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de Cuba en Chipre. La decisión se toma según el Artículo 122, inciso o) de la Constitución de la República.

Texto íntegro

JUAN ESTEBAN LAZO HERNÁNDEZ, Presidente de la Asamblea Nacional del Po-der Popular.

HAGO SABER: Que el Consejo de Estado, en uso de las atribuciones conferidas enel

Artículo 122, inciso o) de la Constitución de la República y a propuesta del Presiden-te de la República, una vez realizada la valoración que corresponde, adopta el siguiente:

ACUERDO 478-X

PRIMERO: Designar a RUBÉN PINO MARTÍNEZ en el cargo de Embajador Ex-traordinario y Plenipotenciario de la República de Cuba en la República de Chipre, ensustitución de Ángel Gustavo Suárez Cordero, quien concluyó la misión.

SEGUNDO: Disponer que RUBÉN PINO MARTÍNEZ se acredite como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República de Cuba en la República de Chipre.

TERCERO: El ministro de Relaciones Exteriores queda encargado de cumplir lodispuesto en el presente Acuerdo.

COMUNÍQUESE al ministro de Relaciones Exteriores, al secretario del Consejo de Ministros, a la Dirección de Cuadros del Estado y del Gobierno, al interesado y a cuantaspersonas naturales o jurídicas corresponda.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República.

DADO en La Habana, a los 24 días del mes de septiembre de 2025.

Juan Esteban Lazo Hernández