Acuerdo 484
El Consejo de Estado designa a Juan Carlos Marcof Sánchez como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de Cuba en la Mancomunidad de las Bahamas. Esta designación se realiza en uso de las atribuciones conferidas en el Artículo 122, inciso o) de la Constitución de la República y a propuesta del Presidente de la República.
- Se designa a Juan Carlos Marcof Sánchez como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de Cuba en la Mancomunidad de las Bahamas.
- Reemplaza a Julio César González Marchante, quien concluyó su misión.
- El Embajador debe acreditarse ante las autoridades de la Mancomunidad de las Bahamas.
- El ministro de Relaciones Exteriores queda encargado de cumplir lo dispuesto en el Acuerdo.
- El Acuerdo debe comunicarse a varias entidades gubernamentales y publicarse en la Gaceta Oficial de la República.
Texto íntegro
JUAN ESTEBAN LAZO HERNÁNDEZ, Presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular.
HAGO SABER: Que el Consejo de Estado, en uso de las atribuciones conferidas en el
Artículo 122, inciso o) de la Constitución de la República y a propuesta del Presidente dela República, una vez realizada la valoración que corresponde, adopta el siguiente:
ACUERDO 484-X
PRIMERO: Designar a JUAN CARLOS MARCOF SÁNCHEZ en el cargo de Emba-jador Extraordinario y Plenipotenciario de la República de Cuba en la Mancomunidad delas Bahamas, en sustitución de Julio César González Marchante, quien concluyó la misión.
SEGUNDO: Disponer que JUAN CARLOS MARCOF SÁNCHEZ se acredite como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República de Cuba en la Mancomunidadde las Bahamas.
TERCERO: El ministro de Relaciones Exteriores queda encargado de cumplir lodispuesto en el presente Acuerdo.
COMUNÍQUESE al ministro de Relaciones Exteriores, al secretario del Consejo de Ministros, a la Dirección de Cuadros del Estado y del Gobierno, al interesado y a cuantaspersonas naturales o jurídicas corresponda.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República.
DADO en La Habana, a los 26 días del mes de septiembre de 2025.
Juan Esteban Lazo Hernández