Acuerdo 494
El Consejo de Estado acredita a un embajador ante la República de Sudán. El acuerdo permite a Manuel Javier Rubido Díaz, embajador ante Egipto, actuar también como embajador concurrente ante Sudán. La decisión se toma según el Artículo 122 de la Constitución de la República.
- Manuel Javier Rubido Díaz es acreditado como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario concurrente ante la República de Sudán.
- El embajador ya está acreditado ante la República Árabe de Egipto.
- El Ministro de Relaciones Exteriores queda encargado de cumplir lo dispuesto en el Acuerdo.
- El acuerdo fue adoptado por el Consejo de Estado según el Artículo 122, inciso o) de la Constitución de la República.
Texto íntegro
GOC-2023-245-O27 JUAN ESTEBAN LAZO HERNÁNDEZ, Presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular.
HAGO SABER: Que el Consejo de Estado, en uso de las atribuciones conferidas en el
Artículo 122, inciso o) de la Constitución de la República, ha considerado lo siguiente:
POR TANTO: El Consejo de Estado, una vez realizada la valoración que corresponde, adopta el siguiente:ACUERDO No. 494
PRIMERO: Disponer que MANUEL JAVIER RUBIDO DÍAZ, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República de Cuba ante la República Árabe de Egipto se acredite también, como concurrente, ante la República de Sudan.
SEGUNDO: El Ministro de Relaciones Exteriores queda encargado de cumplir lo dispuesto en el presente Acuerdo.
572 GACETA OFICIAL 21 de marzo de 2023 NOTIFÍQUESE al Ministro de Relaciones Exteriores, al Secretario del Consejo de Ministros, a la Dirección de Cuadros del Estado y del Gobierno, al interesado y a cuantas personas naturales o jurídicas corresponda.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
DADO en La Habana, a los 6 días del mes de marzo de 2023.Juan Esteban Lazo Hernández