Acuerdo 499

Elección del Vicegobernador Provincial de La Habana

Organismo
Consejo de Estado
Fecha emisión
2025-10-29
Publicada en
Gaceta No. 85 Ordinaria de 2025 (2025-11-17)
Páginas
2–4
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El Acuerdo No. 499 del Consejo de Estado regula la elección del Vicegobernador Provincial de La Habana. El Consejo de Estado emite esta norma en virtud de las atribuciones que le confiere la Constitución de la República y la Ley Electoral.

Texto íntegro

GOC-2025-489-O85 JUAN ESTEBAN LAZO HERNÁNDEZ, Presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular y del Consejo de Estado de la República de Cuba.

HAGO SABER: Que el Consejo de Estado, ha considerado lo siguiente:

POR CUANTO: La Constitución de la República, en sus artículos 175 y 180, establecen que el gobernador y vicegobernador Provincial son elegido por los delegados a las asambleas municipales del Poder Popular correspondientes, a propuesta del Presidente de la República.

POR CUANTO: La Ley 127, “Ley Electoral”, de 13 de julio de 2019, establece que la elección del gobernador y vicegobernador Provincial se celebra en la fecha que determina el Consejo de Estado.

POR CUANTO: El

Artículo 244 de la propia Ley Electoral establece, que el Consejo de Estado designa un diputado para que de conjunto con el presidente del Consejo Electoral Municipal correspondiente presidan los actos de votación para la elección.

POR CUANTO: Que mediante el Acuerdo 447-X de fecha 15 de agosto de 2025, fue designado en el cargo de ministro del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, el compañero JESÚS OTAMENDIZ CAMPOS, quien fungía como vicegobernador de la provincia de La Habana, quedando vacante dicho cargo.

POR TANTO: El Consejo de Estado, en uso de las atribuciones que le están conferidas ha adoptado el siguiente:ACUERDO 499-XPRIMERO: Disponer que la elección del Vicegobernador Provincial de La Habana, se celebre el día 30 de noviembre del 2025, a las 10:00 a.m.

SEGUNDO: Designar a los diputados cuyos nombres obran en el Anexo 1, que se adjunta, para que de conjunto con el Presidente del Consejo Electoral Municipal correspondiente, presidan los actos de votación para la elección del cargo de Vicegobernador Provincial de La Habana

TERCERO: Los diputados relacionados en el Anexo 2 que se adjunta, serán la reserva de los mencionados en el apartado anterior, en caso de que alguno de aquellos esté imposibilitado de cumplir con la responsabilidad asignada. COMUNÍQUESE al Presidente de la República, a la presidenta del Consejo Electoral Nacional, a los diputados designados y a cuantas personas naturales y jurídicas corresponda.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República.Dado en La Habana, a los 29 días del mes de octubre de 2025.JUAN ESTEBAN LAZO HERNÁNDEZANEXO 1 DIPUTADOS DESIGNADOS PARA PRESIDIR LOS ACTOS DE VOTACIÓN PARA LA ELECCIÓN DEL CARGO DE VICEGOBERNADOR PROVINCIAL DE LA HABANA LA HABANA NO. MUNICIPIO DIPUTADO1 Playa Raydel Montesino Perurena 2 Plaza de la Revolución Magda Iliana Pérez Matos 3 Centro Habana Enrique Alemán Gutiérrez 4 Habana Vieja Karla de la Caridad Santana Rodríguez 5 Regla Dayana María Beyra Fernández 6 Habana del Este Arelys Santana Bello 7 Guanabacoa Modesto Ricardo Gómez Crespo 8 San Miguel del Padrón Ailyn Caridad Justiz Águila 9 Diez de Octubre Magda Resik Aguirre 10 Cerro Miriam Nicado García 11 Marianao Danhiz Díaz Pereira 12 La Lisa Orisell Richards Martínez 13 Boyeros Llanisca Lugo González 14 Arroyo Naranjo Raúl Alejandro Palmero Fernández 15 Cotorro Yaima Valle Barrios

ANEXO 2 RESERVA DE DIPUTADOS DESIGNADOS PARA PRESIDIR LOS ACTOS DE VOTACIÓN PARA LA ELECCIÓN DEL CARGO VICEGOBERNADOR PROVINCIAL DE LA HABANA1. Yury Valdés Balbín 2. Orlando Gutiérrez Boza 3. Reinier Guillén Otero