Acuerdo 500
El Consejo de Estado acredita a un embajador concurrente en la República Centroafricana. El acuerdo es emitido por el Consejo de Estado, según lo establecido en el Artículo 122, inciso o) de la Constitución de la República.
- Se acredita a LEONARDO ENRIQUE LIMONTA JONES como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario concurrente en la República Centroafricana.
- El embajador está actualmente acreditado en la República Democrática del Congo.
- El ministro de Relaciones Exteriores queda encargado de cumplir lo dispuesto en el acuerdo.
- El acuerdo debe ser comunicado al ministro de Relaciones Exteriores, al secretario del Consejo de Ministros, a la Dirección de Cuadros del Estado y del Gobierno, y al interesado.
Texto íntegro
GOC-2025-519-O87 JUAN ESTEBAN LAZO HERNÁNDEZ, Presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular.
HAGO SABER: Que el Consejo de Estado, en uso de las atribuciones conferidas en el
Artículo 122, inciso o) de la Constitución de la República y a propuesta del Presidente de la República, una vez realizada la valoración que corresponde, adopta el siguiente:ACUERDO 500-XPRIMERO: Disponer que LEONARDO ENRIQUE LIMONTA JONES Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República de Cuba en la República de Democrática del Congo, se acredite también, como concurrente en la República Centroafricana.
SEGUNDO: El ministro de Relaciones Exteriores queda encargado de cumplir lo dispuesto en el presente Acuerdo. COMUNÍQUESE al ministro de Relaciones Exteriores, al secretario del Consejo de Ministros, a la Dirección de Cuadros del Estado y del Gobierno, al interesado y a cuantas personas naturales o jurídicas corresponda.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República.
DADO en La Habana, a los 3 días del mes de noviembre de 2025.Juan Esteban Lazo Hernández