Acuerdo 516
El Acuerdo No. 516 del Consejo de Estado regula la elección del presidente del Consejo Electoral Provincial de Holguín. Fue emitido por el Consejo de Estado de la República de Cuba en virtud de lo establecido en la Constitución y la Ley Electoral.
- Se elige a Julio Caballero Terrero como presidente del Consejo Electoral Provincial de Holguín.
- La elección se basa en la propuesta de la presidenta del Consejo Electoral Nacional.
- Se fundamenta en los artículos 122, inciso k) de la Constitución de la República y el Artículo 44, apartado 2, de la Ley 127 de 2019.
- El acuerdo fue adoptado en la Reunión Ordinaria del Consejo de Estado el 19 de noviembre de 2025.
Texto íntegro
JUAN ESTEBAN LAZO HERNÁNDEZ, Presidente de la Asamblea Nacional del Po-der Popular de la República de Cuba.
HAGO SABER: Que el Consejo de Estado, en su Reunión Ordinaria, de 19 de noviem-bre de 2025, en virtud de lo establecido en los artículos 122, inciso k) de la Constitución dela República, el
Artículo 44, apartado 2, de la Ley 127, de 13 de julio de 2019, “Ley Elec-toral”, y el Acuerdo 28 del Consejo de Estado, Reglamento Orgánico del Consejo Electoral Nacional, de 20 de febrero de 2020, respectivamente ha considerado lo siguiente:
POR CUANTO: La presidenta del Consejo Electoral Nacional ha propuesto elegir enel cargo de presidente del Consejo Electoral Provincial de Holguín, al compañero JULIOCABALLERO TERRERO.
POR TANTO: El Consejo de Estado, una vez realizada la valoración que corresponde,adopta el siguiente:
ACUERDO 516-X
PRIMERO: Elegir al compañero JULIO CABALLERO TERRERO, como presidentedel Consejo Electoral Provincial de Holguín.
COMUNÍQUESE el presente Acuerdo, a los efectos procedentes, a la presidenta del Consejo Electoral Nacional, al interesado, y a cuantas personas naturales o jurídicas co-rresponda.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República.
DADO en La Habana, a los 19 días del mes de noviembre de 2025.
Juan Esteban Lazo Hernández