Acuerdo 521
El Consejo de Estado designa a un embajador extraordinario y plenipotenciario ante la República Federativa del Brasil. Esta decisión se toma en virtud de las atribuciones conferidas en el Artículo 122, inciso o) de la Constitución de la República.
- Se designa a Adolfo Curbelo Castellanos como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de Cuba ante Brasil.
- El embajador designado deberá acreditarse ante las autoridades brasileñas.
- El Ministro de Relaciones Exteriores es el encargado de cumplir lo dispuesto en este acuerdo.
- La notificación de este acuerdo deberá ser enviada al Ministro de Relaciones Exteriores, al Secretario del Consejo de Ministros, a la Dirección de Cuadros del Estado y del Gobierno, y al interesado.
Texto íntegro
GOC-2023-298-O30 JUAN ESTEBAN LAZO HERNÁNDEZ, Presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular.
HAGO SABER: Que el Consejo de Estado, en uso de las atribuciones conferidas en el
Artículo 122, inciso o) de la Constitución de la República, ha considerado lo siguiente:
POR TANTO: El Consejo de Estado, una vez realizada la valoración que corresponde, adopta el siguiente:ACUERDO 521
PRIMERO: Designar a ADOLFO CURBELO CASTELLANOS en el cargo de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República de Cuba, ante la República Federativa del Brasil.
SEGUNDO: Disponer que ADOLFO CURBELO CASTELLANOS se acredite como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República de Cuba ante la República Federativa del Brasil.
TERCERO: El Ministro de Relaciones Exteriores queda encargado de cumplir lo dispuesto en el presente Acuerdo. NOTIFÍQUESE al Ministro de Relaciones Exteriores, al Secretario del Consejo de Ministros, a la Dirección de Cuadros del Estado y del Gobierno, al interesado y a cuantas personas naturales o jurídicas corresponda.
PUBLÍQUESE en la gaceta Oficial de la República de Cuba.
DADO en La Habana, a los 27 días del mes de marzo de 2023.Juan Esteban Lazo Hernández