Acuerdo 5230
El Consejo de Estado de la República de Cuba regula las condecoraciones y títulos honoríficos mediante este acuerdo, emitido en uso de sus atribuciones constitucionales y de acuerdo con la Ley número 17 de 1978.
- Se basa en el inciso k) del artículo 90 de la Constitución.
- Se fundamenta en la Ley número 17 de 28 de junio de 1978.
- Propuesta del Ministro de las Fuerzas Armadas Revolucionarias.
- Regula el Sistema de Condecoraciones y Títulos Honoríficos.
Texto íntegro
ACUERDO NÚMERO 5230/2014
ISSN 1682-7511 DE LA REPÚBLICA DE CUBAMINISTERIO DE JUSTICIAEXT. ESPECIAL LA HABANA, MIÉRCOLES 30 DE JULIO DE 2014 AÑO CXIISitio Web: http://www.gacetaoficial.cu/—Calle Zanja No. 352 esquina a Escobar, Centro Habana Teléfonos: 878-3849, 878-4435 y 873-7962 Número 7 Página 51 Gaceta Oficial No. xx Ordinaria de x de xxx de 2011 CONSEJO DE ESTADO______El Consejo de Estado de la República de Cuba, en uso de las atribuciones que le han sido conferidas por el inciso k) del artículo 90 de la Constitución, y la Leynúmero 17 de 28 de junio de 1978, “Del Sistema de Condecoraciones y Títulos Honoríficos”, y a propuesta del Ministro de las Fuerzas Armadas Revolucionarias, ha adoptado el siguiente