Acuerdo 525
El Consejo de Estado convoca la Sesión Constitutiva de la Asamblea Nacional del Poder Popular. Esta norma emana del Consejo de Estado de la República de Cuba y regula la convocatoria a la sesión de constitución de la Asamblea.
- La Constitución de la República, en su Artículo 107, establece que el Consejo de Estado representa a la Asamblea Nacional del Poder Popular.
- Según la Ley Electoral (127/2019), los diputados deben reunirse dentro de 45 días a partir de su elección para constituir la Asamblea.
- El Consejo de Estado, según el Artículo 122, inciso c) de la Constitución, tiene la atribución de adoptar este acuerdo.
- La Sesión Constitutiva de la Asamblea Nacional del Poder Popular se celebrará el 19 de abril de 2023, a las 9:00 a. m.
- Se comunica a la Presidenta del Consejo Electoral Nacional, diputados electos y personas naturales y jurídicas correspondientes.
Texto íntegro
GOC-2023-311-EX25 JUAN ESTEBAN LAZO HERNÁNDEZ, Presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular y del Consejo de Estado de la República de Cuba.
HAGO SABER: Que el Consejo de Estado ha considerado lo siguiente:
POR CUANTO: La Constitución de la República dispone, en su
Artículo 107, que el Consejo de Estado es el Órgano que representa a la Asamblea Nacional del Poder Popular entre uno y otro período de sesiones.
POR CUANTO: Según lo dispuesto en el
Artículo 212.1, de la Ley 127, “Ley Electoral”, de 13 de julio de 2019, dentro del término de cuarenta y cinco (45) días a partir de su elección, los diputados se reúnen por derecho propio para dejar constituida la Asamblea Nacional del Poder Popular.
POR TANTO: El Consejo de Estado, en uso de las atribuciones que le están conferidas en el
Artículo 122, inciso c), de la Constitución de la República, ha adoptado el siguiente:ACUERDO No. 525
ÚNICO: Convocar la celebración de la Sesión Constitutiva de la Asamblea Nacional del Poder Popular para el día 19 de abril de 2023, a las 9:00 a. m. COMUNÍQUESE a la Presidenta del Consejo Electoral Nacional, a los diputados electos y a cuantas personas naturales y jurídicas corresponda.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
DADO en La Habana, a los 6 días del mes de abril de 2023.Juan Esteban Lazo Hernández