Acuerdo 5253
El Consejo de Estado de la República de Cuba otorga la Medalla de la Amistad según el Acuerdo No. 5253. Esta norma se basa en la Constitución y la Ley número 17 de 1978, que regula el Sistema de Condecoraciones y Títulos Honoríficos.
- Otorga la Medalla 'De la Amistad'
- Basado en el artículo 90 inciso k) de la Constitución
- Regulado por la Ley número 17 de 28 de junio de 1978
- Sistema de Condecoraciones y Títulos Honoríficos
Texto íntegro
Acuerdo No. 5253/2014
ISSN 1682-7511 DE LA REPÚBLICA DE CUBAMINISTERIO DE JUSTICIAEXT. ESPECIAL LA HABANA, MIÉRCOLES 22 DE OCTUBRE DE 2014 AÑO CXIISitio Web: http://www.gacetaoficial.cu/—Calle Zanja No. 352 esquina a Escobar, Centro Habana Teléfonos: 878-3849, 878-4435 y 873-7962 Número 10 Página 77 Gaceta Oficial No. xx Ordinaria de x de xxx de 2011 CONSEJO DE ESTADO______El Consejo de Estado de la República de Cuba, en uso de las atribuciones que le han sido conferidas por el inciso k) del artículo 90 de la Constitución, y la Leynúmero 17 de 28 de junio de 1978, “Del Sistema de Condecoraciones y Títulos Honoríficos”, ha adoptado el siguienteACUERDO NÚMERO 5241
PRIMERO: Otorgar la Medalla “DE LA AMISTAD”, creada por el Decreto-