Acuerdo 5315
El Consejo de Estado de la República de Cuba otorga condecoraciones a oficiales de las Fuerzas Armadas Revolucionarias. La norma regula la concesión de la Orden 'Por el Servicio a la Patria en las Fuerzas Armadas Revolucionarias' de Tercer Grado. La emite el Consejo de Estado.
- Se otorga la Orden 'Por el Servicio a la Patria en las Fuerzas Armadas Revolucionarias' de Tercer Grado.
- La condecoración se otorga a 5 oficiales: Félix G. Alonso Rodríguez, Jorge I. Martínez Ribal, Fidel T. Paneca Granados, José L. Pérez Alejo y Juan A. Puentes Casanova.
- Los oficiales serán condecorados por más de 30 o 40 años de servicios prestados a las FAR.
- La Orden será impuesta en acto solemne, en la ocasión que disponga el Ministro de las Fuerzas Armadas Revolucionarias.
- La concesión se basa en los méritos personales adquiridos durante el cumplimiento de tareas y misiones encomendadas.
Texto íntegro
ACUERDO NÚMERO 5300
PRIMERO: Otorgar la Orden “POR ELSERVICIO A LA PATRIA EN LAS FUER-ZAS ARMADAS REVOLUCIONARIAS”de Tercer Grado, creada por el Decreto-Ley número 105 de 13 de julio de 1988, a los oficiales:General de Brigada FÉLIX G. ALONSO RODRÍGUEZ Teniente Coronel JORGE I. MARTÍNEZ RIBALTA Teniente Coronel FIDEL T. PANECA GRANADOS Teniente Coronel JOSÉ L. PÉREZ ALEJO Mayor JUAN A. PUENTES CASANOVApor pasar próximamente a la reserva; en reconocimiento a los más de 30 o 40 años de servicios prestados a las FAR, y a los méritos personales adquiridos durante el cumplimiento de las diversas tareas y misiones encomendadas a favor de la patria socialista y de su integridad territorial, así como por haber demostrado en todas ellas abnegación y fidelidad a la causa revolucionaria.
SEGUNDO: Que la Orden que por este Acuerdo se otorga sea impuesta a los condecorados, en acto solemne, en la ocasión que disponga el Ministro de las Fuerzas Armadas Revolucionarias.
TERCERO: Publíquese en la Gaceta Oficial de la República, a los efectos procedentes.
DADO en el Palacio de la Revolución, en La Habana, a los 6 días del mes de febrero de 2015. Raúl Castro Ruz Presidente del Consejo de Estado El Consejo de Estado de la República de Cuba, en uso de las atribuciones que le han sido conferidas por el inciso k) del artículo 90 de la Constitución, y la Ley número 17 de 28 de junio de 1978, “Del Sistema de Condecoraciones y Títulos Honoríficos”, haadoptado el siguiente