Acuerdo 5316

Otorgamiento de la Medalla CALIXTO GARCÍA

Organismo
Consejo de Estado
Fecha emisión
2015-02-06
Publicada en
Gaceta No. 2 Extraordinaria Especial de 2015 (2015-02-25)
Páginas
9–10
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El Consejo de Estado de la República de Cuba regula el otorgamiento de la Medalla CALIXTO GARCÍA a través de este acuerdo. La norma establece los requisitos y procedimiento para conceder esta condecoración. El Consejo de Estado es el organismo emisor.

Texto íntegro

ACUERDO NÚMERO 5299

PRIMERO: Otorgar la Medalla "CA- LIXTO GARCÍA", creada por el Decreto-Ley número 30 de 10 de diciembre de 1979, a:Sub. Teniente REDEL PUPO ZALDÍVAR Sgto. de Segunda JORGE K. ORTIZ FIGUEROAen reconocimiento a su responsabilidad y decisión inquebrantable, demostradas cuando realizaban un ejercicio con tiro de comGACETA OFICIAL 25 de febrero de 201516 bate, en el que resultaron heridos al explotar una granada, continuando ambos con el cumplimiento de esta misión aún a riesgo de sus vidas.

SEGUNDO: El Ministro de las Fuerzas Armadas Revolucionarias queda encargado de disponer todo lo relacionado con la entrega de la Medalla a los condecorados.

TERCERO: Publíquese en la Gaceta Oficial de la República, a los efectos procedentes.

DADO en el Palacio de la Revolución, en La Habana, a los 6 días del mes de febrero de 2015. Raúl Castro Ruz Presidente del Consejo de Estado ________________ El Consejo de Estado de la República de Cuba, en uso de las atribuciones que le han sido conferidas por el inciso k) del artículo 90 de la Constitución, y la Ley número 17 de 28 de junio de 1978, “Del Sistema de Condecoraciones y Títulos Honoríficos”, haadoptado el siguiente