Acuerdo 532
El Acuerdo No. 532 del Consejo de Estado designa al presidente de la Comisión Permanente de Trabajo de Atención a Órganos Locales. Esta decisión se emite en cumplimiento de lo establecido en la Constitución de la República de Cuba.
- Se designa al diputado CARLOS RAFAEL FUENTES LEÓN como presidente de la Comisión Permanente de Trabajo de Atención a Órganos Locales.
- Se libera al diputado CARLOS RAFAEL FUENTES LEÓN del cargo de vicepresidente de la referida comisión.
- El movimiento aprobado surtirá efectos a partir del mes de enero del año 2025.
- La decisión se toma según lo establecido en el Artículo 122, inciso c) de la Constitución de la República.
Texto íntegro
GOC-2026-31-O4 JUAN ESTEBAN LAZO HERNÁNDEZ, Presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular de la República de Cuba.
HAGO SABER: Que el Consejo de Estado, en su reunión ordinaria del día 10 de diciembre de 2025, ha considerado lo siguiente:
POR CUANTO: En cumplimiento de lo establecido en el
Artículo 122, inciso k) en relación con el
Artículo 108, inciso p) de la Constitución de la Republica, el Consejo de Estado puede elegir, designar, suspender, revocar o sustituir, entre uno y otro período de sesiones de la Asamblea Nacional, a quienes deban ocupar los cargos que le corresponde a esta decidir.
POR CUANTO: El presidente de la Asamblea Nacional ha solicitado liberar del cargo de vicepresidente de la Comisión Permanente de Trabajo de Atención a Órganos Localesdel Poder Popular de la Asamblea Nacional, al diputado CARLOS RAFAEL FUENTESLEÓN para que pase ocupar el cargo de presidente de la referida comisión.
POR TANTO: El Consejo de Estado, en uso de las atribuciones que le están conferidas en el
Artículo 122, inciso c) de la Constitución de la República, adopta el siguiente:ACUERDO 532-XPRIMERO: Promover al diputado CARLOS RAFAEL FUENTES LEÓN al cargo de presidente de la Comisión Permanente de Trabajo de Atención a Órganos Locales del Poder Popular, quien se libera como vicepresidente de dicha Comisión.
SEGUNDO: El movimiento aprobado surtirá efectos a partir del mes de enero del año 2025. COMUNÍQUESE a la Comisión Permanente de Trabajo de Atención a Órganos Locales del Poder Popular de la Asamblea Nacional, al interesado y cuantas personas naturales y jurídicas corresponda.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República.
DADO en La Habana, a los 10 días del mes de diciembre de 2025.JUAN ESTEBAN LAZO HERNÁNDEZ