Acuerdo 539
El Consejo de Estado emite un acuerdo sobre la acreditación de un embajador en Rumanía y Moldova. Este acuerdo permite a un embajador cubano ejercer funciones en ambos países. La decisión se toma según las atribuciones conferidas en la Constitución de la República.
- Se acredita a Alexander Valentín Rodríguez Salazar como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de Cuba en Rumanía y concurrente en Moldova.
- El Artículo 122, inciso o) de la Constitución de la República faculta al Consejo de Estado a tomar esta decisión.
- El ministro de Relaciones Exteriores queda encargado de cumplir lo dispuesto en este acuerdo.
- El acuerdo debe comunicarse al ministro de Relaciones Exteriores, al secretario del Consejo de Ministros, entre otros.
Texto íntegro
GOC-2026-37-O4 JUAN ESTEBAN LAZO HERNÁNDEZ, Presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular.
HAGO SABER: Que el Consejo de Estado, en uso de las atribuciones conferidas en el
Artículo 122, inciso o) de la Constitución de la República, y a propuesta del Presiden-te de la República, una vez realizada la valoración que corresponde, adopta el siguiente:ACUERDO 539-XPRIMERO: Disponer que ALEXANDER VALENTÍN RODRÍGUEZ SALAZAR Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República de Cuba en Rumanía, se acredite también, como concurrente en Moldova.
SEGUNDO: El ministro de Relaciones Exteriores queda encargado de cumplir lo dispuesto en el presente Acuerdo. COMUNÍQUESE al ministro de Relaciones Exteriores, al secretario del Consejo de Ministros, a la Dirección de Cuadros del Estado y del Gobierno, al interesado y a cuantas personas naturales o jurídicas corresponda.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República.
DADO en La Habana, a los 16 días del mes de diciembre de 2025.JUAN ESTEBAN LAZO HERNÁNDEZ