Acuerdo 5407

Otorgar la Medalla “IGNACIO AGRAMONTE”

Organismo
Consejo de Estado de la República de Cuba
Fecha emisión
2016-01-04
Publicada en
Gaceta No. 3 Extraordinaria Especial de 2016 (2016-03-09)
Páginas
3
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Resumen generado por IA

El Consejo de Estado de la República de Cuba otorga la Medalla 'IGNACIO AGRAMONTE' a individuos destacados en actividades de preparación y disposición combativas. La norma se emite en virtud de la Constitución y la Ley número 17 de 1978.

Texto íntegro

El Consejo de Estado de la República de Cuba, en uso de las atribuciones que le hansido conferidas por el inciso k) del artículo 90 de la Constitución y la Ley número 17 de 28 de junio de 1978, “Del Sistema de Condecoraciones y Títulos Honoríficos”, ha adop-tado el siguiente

ACUERDO NÚMERO 5409

PRIMERO: Otorgar la Medalla “IGNACIO AGRAMONTE” de Tercera Clase,creada por el Decreto-Ley número 30 de 10 de diciembre de 1979, a los compañeros quese relacionan en los anexos de este Acuerdo que obran en la Secretaría del Consejo de Estado, en reconocimiento a la actitud ejemplar mantenida y a los resultados de “BIEN”y “SOBRESALIENTE” alcanzados en las actividades de la preparación y disposicióncombativas, en interés de las tropas y fuerzas de su mando o unidad en el último año deinstrucción (2015), lo cual ha coadyuvado, de manera notable, al desarrollo y fortaleci-miento de la capacidad combativa de nuestras Fuerzas Armadas Revolucionarias.

SEGUNDO: El Ministro de las Fuerzas Armadas Revolucionarias queda encargado dedisponer lo relacionado con la entrega de la Medalla a los condecorados.

TERCERO: Publíquese en la Gaceta Oficial de la República, a los efectos procedentes.

DADO en el Palacio de la Revolución, en La Habana, a los 4 días del mes de enero de 2016.

Raúl Castro Ruz

Presidente del Consejo

de Estado

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