Acuerdo 5463
El Consejo de Estado de la República de Cuba otorga condecoraciones a trabajadores del sector agropecuario. La norma se emite en virtud de la Constitución y la Ley número 17 de 1978, sobre el Sistema de Condecoraciones y Títulos Honoríficos.
- Se otorga la Orden '17 de MAYO' a varios trabajadores.
- La condecoración se otorga por trayectoria laboral y revolucionaria destacada.
- Los condecorados obtuvieron resultados relevantes en el movimiento campesino y cooperativo.
- La Orden se impone en acto solemne el 17 de Mayo, 'Día del Campesino'.
Texto íntegro
El Consejo de Estado de la República de Cuba, en uso de las atribuciones que le hansido conferidas por el inciso k) del artículo 90 de la Constitución, y la Ley número 17 de 28 de junio de 1978, “Del Sistema de Condecoraciones y Títulos Honoríficos”, y a pro-puesta del Buró Nacional de la Asociación Nacional de Agricultores Pequeños (ANAP),ha adoptado el siguiente
ACUERDO NÚMERO 5451
PRIMERO: Otorgar la Orden “17 de MAYO”, creada por el Decreto-Ley número 112, de 24 de mayo de 1989, a los compañeros
CARIDAD CARMONA CASTRO
MANUEL I. ANDRADE GAMÓN
FIDEL A. BERNAL ECHEVERRÍA
ALIPIO A. JIMÉNEZ CASAS
WILLIAM DESPAIGNE DUNÁN
en reconocimiento a su activa y fructífera trayectoria laboral y revolucionaria, y alos relevantes resultados obtenidos dentro del movimiento campesino y cooperativo, asícomo por contribuir de forma destacada a la producción agropecuaria del país.
SEGUNDO: Que la Orden que por este Acuerdo se otorga sea impuesta a los condeco-rados en acto solemne, en ocasión del 17 de Mayo, “Día del Campesino”.
TERCERO: Publíquese en la Gaceta Oficial de la República, a los efectos procedentes.
DADO en el Palacio de la Revolución, en La Habana, a los 13 días del mes de abrilde 2016.
Raúl Castro Ruz
Presidente del Consejo
de Estado
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