Acuerdo 5469

Otorgamiento de la Medalla "TRABAJADOR INTERNACIONALISTA"

Organismo
Consejo de Estado de la República de Cuba
Fecha emisión
Publicada en
Gaceta No. 6 Extraordinaria Especial de 2016 (2016-08-29)
Páginas
16–17
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El Consejo de Estado de la República de Cuba regula el otorgamiento de la Medalla 'TRABAJADOR INTERNACIONALISTA' mediante el Acuerdo No. 5469. Esta norma establece los requisitos y procedimiento para otorgar dicha condecoración a personas que han realizado misiones de colaboración civil en el extranjero.

Texto íntegro

El Consejo de Estado de la República de Cuba, en uso de las atribuciones que le han sidoconferidas por el inciso k) del artículo 90 de la Constitución y la Ley número 17 de 28 de juniode 1978, “Del Sistema de Condecoraciones y Títulos Honoríficos”, ha adoptado el siguiente

ACUERDO NÚMERO 5469

PRIMERO: Otorgar la Medalla“TRABAJADOR INTERNACIONALISTA”, creadapor el Decreto-Ley número 30 de 10 de diciembre de 1979, a los compañeros de la provinciade Pinar del Río:

ERNESTO A. CARO REYES

ADRIANO L. DE ARMAS PIMIENTA

MIRIAM HERNÁNDEZ ALFONSO

ROLANDO A. MELIÁN ROMERO

MANUEL O. VARA MACHÍN

en reconocimiento al cumplimiento ejemplar de una segunda misión de colaboración civilen un país hermano, en la esfera de la salud.

SEGUNDO: El Secretariado Nacional de la Central de Trabajadores de Cuba queda encar-gado de disponer lo relacionado con la entrega de esta Medalla a los condecorados.

TERCERO: Publíquese en la Gaceta Oficial de la República, a los efectos procedentes.

DADO en el Palacio de la Revolución, en La Habana, a los 15 días del mes de junio de 2016.

Raúl Castro Ruz

Presidente del Consejo

de Estado

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