Acuerdo 5480
El Consejo de Estado de la República de Cuba otorga la Medalla 'OLO PANTOJA' de Segunda Clase. Esta condecoración se rige por la Ley número 17 de 1978 y el Decreto Ley número 105 de 1988.
- Otorgar la Medalla 'OLO PANTOJA' de Segunda Clase al Cor. JUAN E. FERNÁNDEZ ZEQUEIRA.
- Reconocimiento a sus resultados, capacidad de análisis y ejemplo personal en el ejercicio de Dirección y Mando.
- Contribución a la estabilidad de la situación operativa en el país y preparación de cuadros y oficiales del Ministerio del Interior.
- El Ministro del Interior se encarga de la entrega de la Medalla.
- La Medalla se otorga según la Ley número 17 de 1978 y el Decreto Ley número 105 de 1988.
Texto íntegro
El Consejo de Estado de la República de Cuba, en uso de las atribuciones que le han sidoconferidas por el inciso k) del artículo 90 de la Constitución y la Ley número 17, de 28 dejunio de 1978, “Del Sistema de Condecoraciones y Títulos Honoríficos”, ha adoptado el si-guiente
ACUERDO NÚMERO 5492
PRIMERO: Otorgar la Medalla “OLO PANTOJA” de Segunda Clase, creada por el Decre-to Ley número 105, de 13 de julio de 1988, al
Cor. JUAN E. FERNÁNDEZ ZEQUEIRA
en reconocimiento a sus sostenidos resultados, capacidad de análisis y ejemplo personal enel ejercicio de Dirección y Mando, con lo que ha coadyuvado a la estabilidad de la situaciónoperativa en el país a partir de su ámbito de trabajo, así como por su contribución a la prepa-ración de cuadros y oficiales del Ministerio del Interior.
SEGUNDO: El Ministro del Interior queda encargado de disponer todo lo relacionado conla entrega de esta Medalla al condecorado.
TERCERO: Publíquese en la Gaceta Oficial de la República, a los efectos procedentes.
DADO en el Palacio de la Revolución, en La Habana, a los 30 días del mes de septiembrede 2016.
Raúl Castro Ruz
Presidente del Consejo
de Estado
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