Acuerdo 5485

Otorgar la Medalla Conmemorativa 60 Aniversario de las Fuerzas Armadas Revolucionarias

Organismo
Consejo de Estado de la República de Cuba
Fecha emisión
Publicada en
Gaceta No. 7 Extraordinaria Especial de 2016 (2016-11-21)
Páginas
13–14
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El Consejo de Estado de la República de Cuba regula la concesión de la Medalla Conmemorativa 60 Aniversario de las Fuerzas Armadas Revolucionarias. Esta norma establece los requisitos y beneficiarios de esta condecoración.

Texto íntegro

El Consejo de Estado de la República de Cuba, en uso de las atribuciones que le han sidoconferidas por el inciso k) del artículo 90 de la Constitución y la Ley número 17, de 28 de juniode 1978, “Del Sistema de Condecoraciones y Títulos Honoríficos”, ha adoptado el siguiente

ACUERDO NÚMERO 5487

PRIMERO: Otorgar la Medalla Conmemorativa “60 Aniversario de las Fuerzas Arma-das Revolucionarias”, creada por el Decreto Ley número 319, de 30 de enero de 2014, alos miembros del Ministerio del Interior en servicio militar activo que se relacionan en los

Anexos de este Acuerdo, que obran en la Secretaría del Consejo de Estado, que prestaronservicio en las Fuerzas Armadas Revolucionarias por 15 o más años, y a los que para el 2 dediciembre de 2016 cumplan 25 o más años de servicio en ese organismo, en reconocimientoa su destacada trayectoria y contribución al fortalecimiento de la preparación, disposición ycapacidad combativa de ambas instituciones.

SEGUNDO: El Ministro de las Fuerzas Armadas Revolucionarias queda encargado dedisponer lo relacionado con la entrega de la Medalla a los condecorados.

TERCERO: Publíquese en la Gaceta Oficial de la República, a los efectos procedentes.

DADO en el Palacio de la Revolución, en La Habana, a los 20 días del mes deseptiembre de 2016.

Raúl Castro Ruz

Presidente del Consejo

de Estado

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