Acuerdo 5541
El Consejo de Estado de la República de Cuba otorga la Orden LÁZARO PEÑA de Tercer Grado a varios trabajadores destacados. La norma se emite en virtud de la Constitución de la República y la Ley No. 17 de 1978 sobre condecoraciones y títulos honoríficos.
- Se otorga la Orden LÁZARO PEÑA de Tercer Grado a 16 trabajadores.
- La Orden fue creada por el Decreto Ley No. 30 de 1979.
- Los condecorados son vanguardias de sus sindicatos y han sobrecumplido indicadores económicos y productivos.
- La imposición de la Orden se realizará en acto solemne por el Secretariado Nacional de la Central de Trabajadores de Cuba.
- La Orden se otorga por destacados resultados en el trabajo y condiciones políticas, morales y sociales.
- La lista de condecorados incluye a Rosario Aguilera Rodríguez, Indalecio Alejándrez Mesa y José A. Chapman Sila, entre otros.
Texto íntegro
El Consejo de Estado de la República de Cuba, en uso de las atribuciones que le hansido conferidas por el inciso k), del artículo 90 de la Constitución de la República, y la Ley No. 17, de 28 de junio de 1978, “Del Sistema de Condecoraciones y Títulos Honoríficos”,ha adoptado el siguiente
ACUERDO No. 5541
PRIMERO: Otorgar la Orden “LÁZARO PEÑA” de Tercer Grado, creada por el De-creto Ley No. 30, de 10 de diciembre de 1979, a los compañeros
ROSARIO AGUILERA RODRÍGUEZ
INDALECIO ALEJÁNDREZ MESA
JOSÉ A. CHAPMAN SILA
AMANCIO ESPINOSA ÁREAS
ADALBERTO GONZÁLEZ ATANES
IDALBERTO IBÁÑEZ DEL SOL
AMALIA MANES GONZÁLEZ
ALFREDO L. MORALES TEJÓN
OSCAR PÉREZ RIVERO
DAYSI M. PINILLO GONZÁLEZ
JULIO QUESADA QUESADA
ALFREDO RUIZ ABUELA
HILDELIZA VÁZQUEZ GONZÁLEZ
ISABEL J. VEITÍA ARRIETA
Vanguardias de sus respectivos sindicatos en varias ocasiones; en reconocimiento a losdestacados resultados en su trabajo, al sobrecumplir los indicadores económicos y pro-ductivos para su actividad laboral con los parámetros de calidad establecidos, así comopor su consagración y condiciones políticas, morales y sociales, que los hacen acreedoresdel prestigio, respeto y consideración de sus colectivos laborales.
SEGUNDO: Que la Orden que por este Acuerdo se otorga sea impuesta a los condeco-rados, en acto solemne, en la ocasión que disponga el Secretariado Nacional de la Centralde Trabajadores de Cuba.
TERCERO: Publíquese en la Gaceta Oficial de la República de Cuba, a los efectosprocedentes.
DADO en el Palacio de la Revolución, en La Habana, a los 23 días del mes de enerode 2017.
Raúl Castro Ruz
Presidente del Consejo
de Estado
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