Acuerdo 5538
El Consejo de Estado de la República de Cuba otorga la Medalla TRABAJADOR INTERNACIONALISTA. Esta norma se emite en virtud de la Constitución de la República y la Ley No. 17 de 1978, sobre el Sistema de Condecoraciones y Títulos Honoríficos.
- Otorga la Medalla TRABAJADOR INTERNACIONALISTA a Neida G. Castro Naranjo
- Reconocimiento por cumplimiento ejemplar en misión de colaboración civil en salud
- Medalla creada por Decreto Ley No. 30 de 1979
- Entrega de la Medalla a cargo del Secretariado Nacional de la Central de Trabajadores de Cuba
- Publicación en la Gaceta Oficial de la República de Cuba
Texto íntegro
El Consejo de Estado de la República de Cuba, en uso de las atribuciones que le hansido conferidas por el inciso k), del artículo 90 de la Constitución de la República, y la Ley No. 17, de 28 de junio de 1978, “Del Sistema de Condecoraciones y Títulos Honoríficos”,ha adoptado el siguiente
ACUERDO No. 5538
PRIMERO: Otorgar la Medalla “TRABAJADOR INTERNACIONALISTA”, creadapor el Decreto Ley No. 30, de 10 de diciembre de 1979, a la compañera
NEIDA G. CASTRO NARANJO
en reconocimiento al cumplimiento ejemplar de una segunda misión de colaboracióncivil en un país hermano, en la esfera de la salud.
SEGUNDO: El Secretariado Nacional de la Central de Trabajadores de Cuba quedaencargado de disponer lo relacionado con la entrega de esta Medalla a la condecorada.
TERCERO: Publíquese en la Gaceta Oficial de la República de Cuba, a los efectos pro-cedentes.
DADO en el Palacio de la Revolución, en La Habana, a los 16 días del mes de enerode 2017.
Raúl Castro Ruz
Presidente del Consejo
de Estado
________________