Acuerdo 5532

Otorgar la Medalla COMBATIENTE DE LA PRODUCCIÓN Y LA DEFENSA

Organismo
Consejo de Estado de la República de Cuba
Fecha emisión
Publicada en
Gaceta No. 3 Extraordinaria Especial de 2017 (2017-03-07)
Páginas
13–14
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Resumen generado por IA

El Consejo de Estado de la República de Cuba otorga la Medalla 'COMBATIENTE DE LA PRODUCCIÓN Y LA DEFENSA' a individuos con más de 20 años de servicio ejemplar en las Fuerzas Armadas Revolucionarias. Esta condecoración se otorga en reconocimiento a su trayectoria militar y dedicación a la defensa de la Patria Socialista.

Texto íntegro

El Consejo de Estado de la República de Cuba, en uso de las atribuciones que le hansido conferidas por el inciso k), del artículo 90 de la Constitución de la República, y la Ley No. 17, de 28 de junio de 1978,”Del Sistema de Condecoraciones y Títulos Honorí-ficos”, ha adoptado el siguiente

ACUERDO No. 5532

PRIMERO: Otorgar la Medalla “COMBATIENTE DE LA PRODUCCIÓN Y LA DE-FENSA”, creada por el Decreto Ley No. 105, de 13 de julio de 1988, a los compañerosque se relacionan en los Anexos de este Acuerdo que obran en la Secretaría del Consejode Estado, en reconocimiento a los servicios prestados en las Fuerzas Armadas Revolu-cionarias, con una actitud ejemplar y consecuente trayectoria militar durante más de 20 años

consagrados a los intereses de la defensa de nuestra Patria Socialista, en ocasión de sujubilación y pasar a cumplir otras tareas y funciones que la Revolución les asigne.

SEGUNDO: El Ministro de las Fuerzas Armadas Revolucionarias queda encargado dedisponer lo relacionado con la entrega de la Medalla a los condecorados.

TERCERO: Publíquese en la Gaceta Oficial de la República de Cuba, a los efectosprocedentes.

DADO en el Palacio de la Revolución, en La Habana, a los 5 días del mes de enerode 2017.

Raúl Castro Ruz

Presidente del Consejo

de Estado

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