Acuerdo 5519

Otorgar la Medalla de la Amistad a Danny Lebern Glover

Organismo
Consejo de Estado de la República de Cuba
Fecha emisión
Publicada en
Gaceta No. 3 Extraordinaria Especial de 2017 (2017-03-07)
Páginas
2–3
Descargar PDF de la gaceta
Resumen generado por IA

El Consejo de Estado de la República de Cuba otorga la Medalla de la Amistad al actor norteamericano Danny Lebern Glover. La norma se emite en virtud de la Constitución de la República y la Ley No. 17 de 1978 sobre condecoraciones y títulos honoríficos.

Texto íntegro

El Consejo de Estado de la República de Cuba, en uso de las atribuciones que le hansido conferidas por el inciso k), del artículo 90 de la Constitución de la República, y la Ley No. 17, de 28 de junio de 1978, “Del Sistema de Condecoraciones y Títulos Honoríficos”,ha adoptado el siguiente

34

ACUERDO No. 5519

PRIMERO: Otorgar la Medalla “DE LA AMISTAD”, creada por el Decreto Ley No. 30,de 10 de diciembre de 1979, al actor norteamericano, activista social y Embajador de Buena Voluntad de la UNICEF

DANNY LEBERN GLOVER

en reconocimiento a su amistad entrañable con Cuba y su solidaridad y apoyo, enespecial durante la campaña por el regreso de los Cinco Héroes, así como por haberseganado el respeto y la admiración de nuestro pueblo por su incansable labor a favor de lajusticia social.

SEGUNDO: La Presidenta del Instituto Cubano de Amistad con los Pueblos quedaencargada de disponer todo lo relacionado con la entrega de la Medalla que por este Acuerdo se otorga.

TERCERO: Publíquese en la Gaceta Oficial de la República de Cuba, a los efectosprocedentes.

DADO en el Palacio de la Revolución, en La Habana, a los 9 días del mes de diciembrede 2016.

Raúl Castro Ruz

Presidente del Consejo

de Estado

________________