Acuerdo 5519
El Consejo de Estado de la República de Cuba otorga la Medalla de la Amistad al actor norteamericano Danny Lebern Glover. La norma se emite en virtud de la Constitución de la República y la Ley No. 17 de 1978 sobre condecoraciones y títulos honoríficos.
- Se otorga la Medalla de la Amistad al actor Danny Lebern Glover.
- La medalla es otorgada por su amistad con Cuba y su solidaridad.
- Glover es reconocido por su apoyo durante la campaña por el regreso de los Cinco Héroes.
- La Presidenta del Instituto Cubano de Amistad con los Pueblos entregará la medalla.
Texto íntegro
El Consejo de Estado de la República de Cuba, en uso de las atribuciones que le hansido conferidas por el inciso k), del artículo 90 de la Constitución de la República, y la Ley No. 17, de 28 de junio de 1978, “Del Sistema de Condecoraciones y Títulos Honoríficos”,ha adoptado el siguiente
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ACUERDO No. 5519
PRIMERO: Otorgar la Medalla “DE LA AMISTAD”, creada por el Decreto Ley No. 30,de 10 de diciembre de 1979, al actor norteamericano, activista social y Embajador de Buena Voluntad de la UNICEF
DANNY LEBERN GLOVER
en reconocimiento a su amistad entrañable con Cuba y su solidaridad y apoyo, enespecial durante la campaña por el regreso de los Cinco Héroes, así como por haberseganado el respeto y la admiración de nuestro pueblo por su incansable labor a favor de lajusticia social.
SEGUNDO: La Presidenta del Instituto Cubano de Amistad con los Pueblos quedaencargada de disponer todo lo relacionado con la entrega de la Medalla que por este Acuerdo se otorga.
TERCERO: Publíquese en la Gaceta Oficial de la República de Cuba, a los efectosprocedentes.
DADO en el Palacio de la Revolución, en La Habana, a los 9 días del mes de diciembrede 2016.
Raúl Castro Ruz
Presidente del Consejo
de Estado
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