Acuerdo 5563
El Consejo de Estado de la República de Cuba otorga el Título Honorífico 'Héroe del Trabajo' según la Ley número 17 de 1978. Este título, creado por el Decreto-Ley número 30 de 1979, reconoce trayectorias laborales y sociales destacadas.
- Otorgar el Título Honorífico 'HÉROE DEL TRABAJO DE LA REPÚBLICA DE CUBA' al compañero MIGUEL A. SAINZ SERRANO.
- El título se otorga por su relevante y fructífera trayectoria laboral y social, y por los extraordinarios méritos alcanzados en el trabajo creador.
- La entrega del Título y la imposición de la Estrella de Oro se efectuarán en acto solemne el 17 de mayo, 'Día del Campesino'.
- La decisión se publica en la Gaceta Oficial de la República a los efectos procedentes.
Texto íntegro
El Consejo de Estado de la República de Cuba, en uso de las atribuciones que le hansido conferidas por el inciso k) del artículo 90 de la Constitución, y la Ley número 17 de 28 de junio de 1978, “Del Sistema de Condecoraciones y Títulos Honoríficos”, haadoptado el siguiente
ACUERDO NÚMERO 5588
PRIMERO: Otorgar el Título Honorífico “HÉROE DEL TRABAJO DE LAREPÚBLICA DE CUBA”,creado por el Decreto-Ley número 30, de 10 de diciembrede 1979, al compañero
MIGUEL A. SAINZ SERRANO
en reconocimiento a su relevante y fructífera trayectoria laboral y social, y a losextraordinarios méritos alcanzados por él en el trabajo creador.
SEGUNDO: Que la entrega del Título, así como la imposición de la Estrella de Oroque lo representa, se efectúe, en acto solemne, en ocasión del 17 de Mayo, “Día del Campesino”.
TERCERO: Publíquese en la Gaceta Oficial de la República, a los efectos procedentes.
DADO en el Palacio de la Revolución, en La Habana, a los 17 días del mes de mayode 2017.
Raúl Castro Ruz
Presidente del Consejo
de Estado
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