Acuerdo 5662
El Consejo de Estado de la República de Cuba otorga la Medalla POR LA VALENTÍA DURANTE EL SERVICIO a trabajadores de la Marina Gaviota Varadero. La norma se emite en virtud de la Constitución de la República y la Ley Número 17 de 1978.
- Otorga la Medalla POR LA VALENTÍA DURANTE EL SERVICIO de Segunda Clase
- A 152 trabajadores de la Marina Gaviota Varadero
- Por demostrar valor y audacia frente al huracán Irma
- Evitar daños considerables a bienes del Estado
- La Medalla será entregada en ocasión a disponer
- Se publica en la Gaceta Oficial de la República de Cuba
Texto íntegro
GOC-2018-984-O48 El Consejo de Estado de la República de Cuba, en uso de las atribuciones que le han sido conferidas por el inciso k) del artículo 90 de la Constitución de la República y la Ley Número 17, de 28 de junio de 1978, “Del Sistema de Condecoraciones y Títulos Honoríficos”, ha adoptado el siguiente ACUERDO NÚMERO 5683
PRIMERO: Otorgar la Medalla POR LA VALENTÍA DURANTE EL SERVICIO de Segunda Clase, creada por el Decreto-Ley Número 30, de 10 de diciembre de 1979, y modificada por el Decreto-Ley Número 108, de 25 de octubre de 1988, a 152 trabajadores de la Marina Gaviota Varadero en reconocimiento a que, a riesgo de sus vidas, demostraron gran valor y audacia frente a los embates del huracán Irma, trasladando las embarcaciones de esa Marina hacia lugares seguros, evitando con ello daños considerables a bienes del Estado.
SEGUNDO: Que la Medalla que por este Acuerdo se otorga sea entregada a los condecorados en la ocasión que se disponga.
TERCERO: Publíquese en la Gaceta Oficial de la República de Cuba, a los efectosprocedentes.
DADO en el Palacio de la Revolución, en La Habana, a los 20 días del mes de marzo de 2018.Raúl Castro Ruz Presidente del Consejo de Estado________________