Acuerdo 5676
El Consejo de Estado de la República de Cuba otorga el Título Honorífico Héroe del Trabajo. Este acuerdo se emite según la Constitución de la República y la Ley Número 17 de 1978.
- Otorgar el Título Honorífico HÉROE DEL TRABAJO DE LA REPÚBLICA DE CUBA al Cmdte. de la Revolución GUILLERMO GARCÍA FRÍAS.
- El título se otorga por su trayectoria revolucionaria, laboral y social, y méritos alcanzados en el trabajo creador.
- La entrega del título y la imposición de la Estrella de Oro se efectúan en acto solemne.
- El acuerdo se publicó en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
Texto íntegro
GOC-2018-973-O48 El Consejo de Estado de la República de Cuba, en uso de las atribuciones que le han sido conferidas por el inciso k) del artículo 90 de la Constitución de la República y la Ley Número 17, de 28 de junio de 1978, “Del Sistema de Condecoraciones y Títulos Honoríficos”, ha adoptado el siguiente ACUERDO NÚMERO 5672
PRIMERO: Otorgar el Título Honorífico HÉROE DEL TRABAJO DE LA REPÚBLICA DE CUBA, creado por el Decreto-Ley Número 30, de 10 de diciembre de 1979, al Cmdte. de la Revolución GUILLERMO GARCÍA FRÍAS
1302 GACETA OFICIAL 13 de diciembre de 2018 en reconocimiento a su relevante y fructífera trayectoria revolucionaria, laboral y social, y a los extraordinarios méritos alcanzados en el trabajo creador.
SEGUNDO: Que la entrega del Título, así como la imposición de la Estrella de Oro que lo representa, se efectúe en acto solemne.
TERCERO: Publíquese en la Gaceta Oficial de la República de Cuba, a los efectosprocedentes.
DADO en el Palacio de la Revolución, en La Habana, a los 21 días del mes de febrero de 2018.Raúl Castro Ruz Presidente del Consejo de Estado________________