Acuerdo 5703
Texto íntegro
GOC-2018-1267-O67 El Consejo de Estado de la República de Cuba, en uso de las atribuciones que le han sido conferidas por el inciso k) del artículo 90 de la Constitución de la República y la Ley Número 17, de 28 de junio de 1978, “Del Sistema de Condecoraciones y Títulos Honoríficos”, ha adoptado el siguiente ACUERDO NÚMERO 5725
PRIMERO: Otorgar la Medalla FRATERNIDAD COMBATIVA, creada por el Decreto-Ley Número 30, de 10 de diciembre de 1979, al Agregado Militar de la República Bolivariana de Venezuela en Cuba Coronel ARGENIS DE J. MALDONADO PIMENTEL en reconocimiento a su contribución al logro de mayor nivel de los vínculos políticomilitares, así como al fortalecimiento de intercambios militares de alto nivel y al desarrollo creciente de la colaboración bilateral.
SEGUNDO: El ministro de las Fuerzas Armadas Revolucionarias queda encargado de disponer todo lo relacionado con la entrega de esta Medalla al condecorado.
TERCERO: Publíquese en la Gaceta Oficial de la República, a los efectos procedentes.
DADO en el Palacio de la Revolución, en La Habana, a los 25 días del mes de junio de 2018. Miguel Díaz-Canel Bermúdez Presidente del Consejo de Estado________________