Acuerdo 5703
El Consejo de Estado de la República de Cuba otorga la Medalla FRATERNIDAD COMBATIVA al Coronel ARGENIS DE J. MALDONADO PIMENTEL, Agregado Militar de la República Bolivariana de Venezuela en Cuba. La Medalla fue creada por el Decreto-Ley Número 30 de 1979.
- Otorgar la Medalla FRATERNIDAD COMBATIVA al Coronel ARGENIS DE J. MALDONADO PIMENTEL
- En reconocimiento a su contribución al fortalecimiento de los vínculos político-militares entre Cuba y Venezuela
- Por el desarrollo creciente de la colaboración bilateral
- El ministro de las Fuerzas Armadas Revolucionarias se encarga de la entrega de la Medalla
- La Medalla fue creada por el Decreto-Ley Número 30 de 10 de diciembre de 1979
Texto íntegro
GOC-2018-1267-O67 El Consejo de Estado de la República de Cuba, en uso de las atribuciones que le han sido conferidas por el inciso k) del artículo 90 de la Constitución de la República y la Ley Número 17, de 28 de junio de 1978, “Del Sistema de Condecoraciones y Títulos Honoríficos”, ha adoptado el siguiente ACUERDO NÚMERO 5725
PRIMERO: Otorgar la Medalla FRATERNIDAD COMBATIVA, creada por el Decreto-Ley Número 30, de 10 de diciembre de 1979, al Agregado Militar de la República Bolivariana de Venezuela en Cuba Coronel ARGENIS DE J. MALDONADO PIMENTEL en reconocimiento a su contribución al logro de mayor nivel de los vínculos políticomilitares, así como al fortalecimiento de intercambios militares de alto nivel y al desarrollo creciente de la colaboración bilateral.
SEGUNDO: El ministro de las Fuerzas Armadas Revolucionarias queda encargado de disponer todo lo relacionado con la entrega de esta Medalla al condecorado.
TERCERO: Publíquese en la Gaceta Oficial de la República, a los efectos procedentes.
DADO en el Palacio de la Revolución, en La Habana, a los 25 días del mes de junio de 2018. Miguel Díaz-Canel Bermúdez Presidente del Consejo de Estado________________