Acuerdo 5730

Otorgar condecoraciones y títulos honoríficos

Organismo
Consejo de Estado de la República de Cuba
Fecha emisión
2018-08-21
Publicada en
Gaceta No. 70 Ordinaria de 2018 (2018-12-27)
Páginas
10–11
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El Consejo de Estado de la República de Cuba otorga condecoraciones y títulos honoríficos a individuos destacados en las Fuerzas Armadas Revolucionarias (FAR). La Ley No. 17 de 1978 regula el sistema de condecoraciones y títulos honoríficos.

Texto íntegro

GOC-2018-1318-O70 El Consejo de Estado de la República de Cuba, en uso de las atribuciones que le han sido conferidas por el artículo 90, inciso k), de la Constitución, y la Ley No. 17, de 28 de junio de 1978, “Del Sistema de Condecoraciones y Títulos Honoríficos”, ha adoptado el siguiente ACUERDO No. 5730

PRIMERO: Otorgar la Orden “POR EL SERVICIO A LA PATRIA EN LAS FAR” de Tercer Grado, creada por el Decreto-Ley No. 105, de 13 de julio de 1988, a los compa-ñeros: general de brigada JOSÉ A. IBÁÑEZ MARIÑO y general de brigada LUCIANO OSORIA SANÓN, en reconocimiento a su amplia trayectoria de más de cuatro décadas de servicios en las FAR, durante las cuales han ocupado diversos cargos en la cadena de mando de forma ascendente, ganando el respeto y la consideración de sus subordinados.

SEGUNDO: Que la Orden que por este Acuerdo se otorga sea impuesta a los conde-corados, en acto solemne, en la ocasión que disponga el ministro de las Fuerzas Armadas Revolucionarias.

TERCERO: Publíquese en la Gaceta Oficial de la República de Cuba, a los efectos pro-cedentes.

DADO en el Palacio de la Revolución, en La Habana, a los 21 días del mes de agosto de 2018.Miguel Díaz-Canel Bermúdez Presidente del Consejo de Estado

2146 GACETA OFICIAL 27 de diciembre de 2018 GOC-2018-1319 -O70 El Consejo de Estado de la República de Cuba, en uso de las atribuciones que le han sido conferidas por el artículo 90, inciso k), de la Constitución, y la Ley No. 17, de 28 de junio de 1978, “Del Sistema de Condecoraciones y Títulos Honoríficos”, ha adoptado el siguiente ACUERDO No. 5731

PRIMERO: Otorgar, con carácter póstumo, la Medalla “COMBATIENTE DE LA PRODUCCIÓN Y LA DEFENSA”, creada por el Decreto-Ley No. 105, de 13 de julio de 1988, al primer suboficial PATRICIA AMAYA MEJÍAS, en reconocimiento a que, duran-te sus más de 20 años de servicio en las FAR, se destacó por su responsabilidad, organi-zación y agilidad en la ejecución de las tareas y misiones planteadas, lo que le permitió obtener excelentes resultados, así como por su disciplina y combatividad.

SEGUNDO: El ministro de las Fuerzas Armadas Revolucionarias queda encargado de disponer todo lo relacionado con la entrega de la Medalla y los documentos acreditativos de esta al familiar que corresponda, de acuerdo con lo establecido en su Reglamento.

TERCERO: Publíquese en la Gaceta Oficial de la República de Cuba, a los efectos pro-cedentes.

DADO en el Palacio de la Revolución, en La Habana, a los 21 días del mes de agosto de 2018.Miguel Díaz-Canel Bermúdez Presidente del Consejo de Estado________________