Acuerdo 575
El Consejo de Estado acredita a un embajador concurrente en Papúa Nueva Guinea. La norma emana del Consejo de Estado, basado en la Constitución de la República.
- Néstor Enrique Torres Olivera es acreditado como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario concurrente.
- La acreditación es ante la República de Fiji y Papúa Nueva Guinea.
- El Artículo 122, inciso o) de la Constitución de la República faculta al Consejo de Estado.
- El ministro de Relaciones Exteriores queda encargado de cumplir el Acuerdo.
Texto íntegro
GOC-2026-274-O36 JUAN ESTEBAN LAZO HERNÁNDEZ, Presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular.
HAGO SABER: Que el Consejo de Estado, en uso de las atribuciones conferidas en el
Artículo 122, inciso o) de la Constitución de la República y a propuesta del Presidente de la República, una vez realizada la valoración que corresponde, adopta el siguiente:,ACUERDO 575-XPRIMERO: Disponer que NÉSTOR ENRIQUE TORRES OLIVERA Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República de Cuba ante la República de Fiji, se acredite también, como concurrente en Papúa Nueva Guinea.
SEGUNDO: El ministro de Relaciones Exteriores queda encargado de cumplir lo dispuesto en el presente Acuerdo. COMUNÍQUESE al ministro de Relaciones Exteriores, al secretario del Consejo de Ministros, a la Dirección de Cuadros del Estado y del Gobierno, al interesado y a cuantas personas naturales o jurídicas corresponda.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República.
DADO en La Habana, a los 15 días del mes de abril de 2026.Juan Esteban Lazo Hernández