Acuerdo 5808
El Consejo de Estado de la República de Cuba otorga la Medalla OLO PANTOJA de Segunda Clase. Esta norma se emite en virtud de la Constitución y la Ley número 17 de 1978, sobre el Sistema de Condecoraciones y Títulos Honoríficos.
- Se otorga la Medalla OLO PANTOJA de Segunda Clase a Tte. Cor. AIDA M. GONZÁLEZ COMESAÑA.
- La Medalla fue creada por el Decreto-Ley número 105 de 13 de julio de 1988.
- Se reconoce su larga hoja de servicios y actitud ejemplar en la especialidad de Finanzas.
- La Medalla será impuesta por el Ministro del Interior en la ocasión que disponga.
Texto íntegro
GOC-2019-331-EXE2 El Consejo de Estado de la República de Cuba, en uso de las atribuciones que le han sido conferidas por el inciso k) del artículo 90 de la Constitución, y la Ley número 17 de 28 de junio de 1978, “Del Sistema de Condecoraciones y Títulos Honoríficos”, ha adoptado el siguiente ACUERDO NÚMERO 5801
PRIMERO: Otorgar la Medalla “OLO PANTOjA” de Segunda Clase, creada por el Decreto-Ley número 105 de 13 de julio de 1988, a:Tte. Cor. AIDA M. GONZÁLEZ COMESAÑASen reconocimiento a que ha mantenido una larga hoja de servicios con una actitud ejemplar, vinculada a la especialidad de Finanzas, trabajando de manera consagrada y profesional. Desde la década de los 80 ha laborado en cargos de dirección, con gran apego al trabajo y dominio especializado.
SEGUNDO: Que la Medalla que por este Acuerdo se otorga sea impuesta al condecorado en la ocasión que disponga el Ministro del Interior.
TERCERO: Publíquese en la Gaceta Oficial de la República, a los efectos procedentes.
DADO en el Palacio de la Revolución, en La Habana, a los 5 días del mes de febrero de 2019.Miguel Díaz- Canel Bermúdez Presidente del Consejo de Estado________________