Acreditación de Embajador en San Marino

Organismo
Consejo de Estado
Fecha emisión
2026-04-20
Publicada en
Gaceta No. 56 Extraordinaria de 2026 (2026-05-04)
Páginas
2–3
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El Consejo de Estado acredita a un embajador concurrente en San Marino. La norma es emitida por el Consejo de Estado, según lo establecido en el Artículo 122, inciso o) de la Constitución de la República.

Texto íntegro

GOC-2026-285-EX56 JUAN ESTEBAN LAZO HERNÁNDEZ, Presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular.

HAGO SABER: Que el Consejo de Estado, en uso de las atribuciones conferidas en el

Artículo 122, inciso o) de la Constitución de la República y a propuesta del Presidente de la República, una vez realizada la valoración que corresponde, adopta el siguiente:

ACUERDO 584-XPRIMERO: Disponer que JORGE LUIS CEPERO AGUILAR Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República de Cuba en la República Italiana, se acredite también, como concurrente en la República de San Marino.

SEGUNDO: El ministro de Relaciones Exteriores queda encargado de cumplir lo dispuesto en el presente Acuerdo. COMUNÍQUESE al ministro de Relaciones Exteriores, al secretario del Consejo de Ministros, a la Dirección de Cuadros del Estado y del Gobierno, al interesado y a cuantas personas naturales o jurídicas corresponda.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República.

DADO en La Habana, a los 20 días del mes de abril de 2026.Juan Esteban Lazo Hernández