Acuerdo 5840
Texto íntegro
GOC-2019-558-EXE3 El Consejo de Estado de la República de Cuba, en uso de las atribuciones que le han sido conferidas por el inciso k) del artículo 90 de la Constitución, y la Ley Número 17, de 28 de junio de 1978, “Del Sistema de Condecoraciones y Títulos Honoríficos”, ha adoptado el siguienteACUERDO NÚMERO 5863
PRIMERO: Otorgar la Medalla DE LA AMISTAD, creada por el Decreto-Ley Número 30, de 10 de diciembre de 1979, a los amigos belga y francés, respectivamente, NICO CUÉ SEBASTIÁN VISCUSO dirigentes sindicales de larga trayectoria de lucha en defensa de los derechos de los trabajadores de su país; en reconocimiento a su alta sensibilidad y calidad humana, así como por el destacado papel que han jugado en su solidaridad con nuestro país, y por su amor a Cuba y la obra de la Revolución.
SEGUNDO: El Secretariado Nacional de la Central de Trabajadores de Cuba queda encargado de disponer todo lo relacionado con la entrega de la Medalla que por este Acuerdo se otorga.
DADO en el Palacio de la Revolución, en La Habana, a los 30 días del mes de abril de 2019.Miguel Díaz-Canel Bermúdez Presidente del Consejode Estado________________