Acuerdo 5853
El Consejo de Estado de la República de Cuba otorga condecoraciones a personas destacadas. Esta norma se emite en virtud de la Constitución y la Ley Número 17 de 1978, que regula el Sistema de Condecoraciones y Títulos Honoríficos.
- Se otorga la Orden LÁZARO PEÑA de Primer Grado a Ramón T. Conrado López y Damián C. Guas Paret.
- La condecoración se otorga por su labor sostenida y resultados alcanzados en el trabajo.
- El acto de imposición de la Orden será realizado en una ocasión solemne por el Secretariado Nacional de la Central de Trabajadores de Cuba.
- La Orden LÁZARO PEÑA fue creada por el Decreto-Ley Número 30 de 1979.
Texto íntegro
GOC-2019-516-EXE3 El Consejo de Estado de la República de Cuba, en uso de las atribuciones que le han sido conferidas por el inciso k) del artículo 90 de la Constitución, y la Ley Número 17, de 28 de junio de 1978, “Del Sistema de Condecoraciones y Títulos Honoríficos”, ha adoptado el siguienteACUERDO NÚMERO 5821
PRIMERO: Otorgar la Orden LÁZARO PEÑA de Primer Grado, creada por el Decreto- Ley Número 30, de 10 de diciembre de 1979, a los compañeros RAMÓN T. CONRADO LÓPEZ DAMIÁN C. GUAS PARET en reconocimiento a su labor sostenida y resultados alcanzados en el trabajo, al haber cumplido y sobrecumplido todas las tares a ellos encomendadas con eficiencia, consagración y calidad, que los han hecho acreedores del reconocimiento y respeto de sus compañeros.
SEGUNDO: Que la Orden que por este Acuerdo se otorga sea impuesta a los condecorados, en acto solemne, en la ocasión que disponga el Secretariado Nacional de la Central de Trabajadores de Cuba.
TERCERO: Publíquese en la Gaceta Oficial de la República, a los efectos procedentes.
DADO en el Palacio de la Revolución, en La Habana, a los 22 días del mes de marzode 2019.Miguel Díaz-Canel Bermúdez Presidente del Consejode Estado________________