Acuerdo 5860
Texto íntegro
GOC-2019-532-EXE3 El Consejo de Estado de la República de Cuba, en uso de las atribuciones que le han sido conferidas por el inciso k) del artículo 90 de la Constitución, y la Ley Número 17, de 28 de junio de 1978, “Del Sistema de Condecoraciones y Títulos Honoríficos”, ha adoptado el siguienteACUERDO NÚMERO 5837
PRIMERO: Otorgar la Medalla HAZAÑA LABORAL, creada por el Decreto-Ley Número 30, de 10 de diciembre de 1979, a los compañeros VIVIAN CURIEL SERUTO OSMEL PORTILLA NÁPOLES FRANK PÉREZ CABANA JOSÉ L. RAMÍREZ HURTATE DAVID PÉREZ DISOTUART ADAEL RODRÍGUEZ GONZÁLEZ JUAN A. PÉREZ PÉREZ PEDRO J. ROMERO SUÁREZ En el primer caso, en reconocimiento a la actitud heroica demostrada por ella al frustrar un asalto a su centro laboral a riesgo de su vida, y al resto de los compañeros por el trabajo arduo y extraordinario realizado por ellos en relación con la eliminación de los daños causados por el vertimiento de petróleo ocurrido en la bahía de Cienfuegos.
SEGUNDO: El Secretariado Nacional de la Central de Trabajadores de Cuba queda encargado de disponer todo lo relacionado con la entrega de esta Medalla a los condecorados.
TERCERO: Publíquese en la Gaceta Oficial de la República, a los efectos procedentes.
DADO en el Palacio de la Revolución, en La Habana, a los 4 días del mes de abril de 2019.Miguel Díaz-Canel Bermúdez Presidente del Consejode Estado________________