Acuerdo 5870
Texto íntegro
GOC-2019-823-EXE4 El Consejo de Estado de la República de Cuba, en uso de las atribuciones que le han sido conferidas por el inciso k) del artículo 90 de la Constitución, y la Ley número 17, de 28 de junio de 1978, “Del Sistema de Condecoraciones y Títulos Honoríficos”, ha adoptado el siguiente ACUERDO NÚMERO 5870
PRIMERO: Otorgar la Medalla DE LA AMISTAD, creada por el Decreto-Ley número 30, de 10 de diciembre de 1979, al amigo japonés YOSHIRO MORI Presidente del Comité Organizador de los Juegos Olímpicos y Paralímpicos a celebrarse en Tokio en 2020; en reconocimiento a sus fuertes sentimientos de simpatía hacia Cuba y nuestro Comandante en Jefe. Fue primer ministro de Japón y en el ámbito político es una personalidad muy influyente.
SEGUNDO: El presidente del Instituto Cubano de Amistad con los Pueblos (ICAP) queda encargado de disponer todo lo relacionado con la entrega de la Medalla que por este Acuerdo se otorga.
TERCERO: Publíquese en la Gaceta Oficial de la República, a los efectos procedentes.
DADO en el Palacio de la Revolución, en La Habana, a los 30 días del mes de mayode 2019. Miguel Díaz-Canel Bermúdez Presidente del Consejo de Estado________________