Acuerdo 602
El Consejo de Estado de la República de Cuba regula el procedimiento para cubrir un cargo vacante de diputado en la Asamblea Nacional del Poder Popular. Esta norma se emite en virtud del Artículo 232 de la Ley 127 'Ley Electoral' de 2019 y según las atribuciones conferidas por la Constitución de la República.
- Se dispone la elección de un diputado para cubrir un cargo vacante en la Asamblea Nacional del Poder Popular.
- La elección se llevará a cabo en la Asamblea Municipal del Poder Popular de Regla, provincia de La Habana.
- La Asamblea Municipal actuará como colegio electoral según el procedimiento establecido en la 'Ley Electoral'.
- El Acuerdo debe ser comunicado a la presidenta del Consejo Electoral Nacional y a la Comisión de Candidaturas Nacional.
- También se debe comunicar a la Asamblea Municipal del Poder Popular de Regla y a otras personas naturales y jurídicas que corresponda.
Texto íntegro
GOC-2026-361-O55 JUAN ESTEBAN LAZO HERNÁNDEZ, Presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular.
HAGO SABER: Que el Consejo de Estado de la República de Cuba, en correspondencia con lo establecido en el
Artículo 232 de la Ley 127 “Ley Electoral”, de 13 de julio de 2019, en relación con el modo de cubrir cargos vacantes de diputados a la Asamblea Nacional del Poder Popular, y en uso de las atribuciones que le están conferidas por la Constitución de la República, ha adoptado el siguiente:ACUERDO 602-XÚNICO: Disponer que la Asamblea Municipal del Poder Popular de Regla, provincia de La Habana, constituida en colegio electoral, y según el procedimiento establecido en la “Ley Electoral”, proceda a la elección de un Diputado para cubrir un cargo vacante en la Asamblea Nacional del Poder Popular. COMUNÍQUESE el presente Acuerdo, a los efectos procedentes, a la presidenta del Consejo Electoral Nacional, y por su conducto a la Comisión de Candidaturas Nacional; a la Asamblea Municipal del Poder Popular de Regla y a cuantas personas naturales y jurídicas resulte procedente.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
DADO en La Habana, a los 22 días del mes de junio de 2026.Juan Esteban Lazo Hernández