Acuerdo 62
El Acuerdo No. 62 del Consejo de Estado regula el traslado de Héctor Igarza Cabrera como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República de Cuba ante la República Argelina Democrática y Popular. El Consejo de Estado emite esta norma en uso de las atribuciones conferidas en el Artículo 122, inciso o) de la Constitución de la República.
- Se dispone el traslado de Héctor Igarza Cabrera de Embajador ante Canadá a Embajador ante la República Argelina Democrática y Popular.
- El traslado es en sustitución de Armando Vergara Bueno, quien concluye su misión.
- Héctor Igarza Cabrera se acreditará como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario ante la República Argelina Democrática y Popular.
- El ministro de Relaciones Exteriores queda encargado de cumplir lo dispuesto en el presente Acuerdo.
- El Acuerdo debe ser comunicado al ministro de Relaciones Exteriores, al secretario del Consejo de Ministros, a la Dirección de Cuadros del Estado y del Gobierno, al interesado y a cuantos corresponda.
Texto íntegro
JUAN ESTEBAN LAZO HERNÁNDEZ, Presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular.
HAGO SABER: Que el Consejo de Estado, en uso de las atribuciones conferidas enel
Artículo 122, inciso o) de la Constitución de la República y a propuesta del Presidentede la República, una vez realizada la valoración que corresponde, adopta el siguiente:
ACUERDO 62-X
PRIMERO: Disponer que HÉCTOR IGARZA CABRERA, Embajador Extraordinarioy Plenipotenciario de la República de Cuba ante Canadá, se traslade como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República de Cuba ante la República Argelina Democrática y Popular, en sustitución de ARMANDO VERGARA BUENO, quien con-cluye su misión.
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SEGUNDO: Disponer que HÉCTOR IGARZA CABRERA se acredite como Embaja-dor Extraordinario y Plenipotenciario de la República de Cuba ante la República Argelina Democrática y Popular.
TERCERO: El ministro de Relaciones Exteriores queda encargado de cumplir lo dis-puesto en el presente Acuerdo.
COMUNÍQUESE al ministro de Relaciones Exteriores, al secretario del Consejo de Ministros, a la Dirección de Cuadros del Estado y del Gobierno, al interesado y a cuantaspersonas naturales o jurídicas corresponda.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República.
DADO en La Habana, a los 25 días del mes de septiembre de 2023.
Juan Esteban Lazo Hernández
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