Acuerdo 628
El Acuerdo No. 628, emitido por el Tribunal Supremo Popular, regula la elección de Laura García Armas como jueza profesional titular del Tribunal Municipal Popular de Ciro Redondo, Ciego de Ávila.
- Laura García Armas es elegida como jueza profesional titular del Tribunal Municipal Popular de Ciro Redondo, Ciego de Ávila.
- La elección se realiza al amparo del Artículo 29.1 o) y el Artículo 60.1 c) de la Ley No. 140, de 28 de octubre de 2021.
- La Ley No. 140 se refiere a 'De los Tribunales de Justicia'.
- El acuerdo fue adoptado en sesión ordinaria celebrada el 29 de julio de 2022.
- Se dispone que se comunique a la Dirección de Cuadros del Tribunal Supremo Popular y se remita copia certificada al Tribunal Provincial Popular correspondiente.
Texto íntegro
LIC. LILIAN PÉREZ CASTILLO, SECRETARIA JUDICIAL DEL TRIBUNAL SU-PREMO POPULAR. ----------------------------------------------------------------------------
CERTIFICO: que el Consejo de Gobierno del Tribunal Supremo Popular, en sesiónordinaria celebrada el 29 de julio de 2022, adoptó el acuerdo que copiado literalmentedice así: -----------------------------------------------------------------------------------------------
Acuerdo No. 628: Elegir a Laura García Armas, para ejercer sus funciones judicialescomo jueza profesional titular del Tribunal Municipal Popular de Ciro Redondo, Ciego de Ávila, al amparo del
Artículo 29.1 o), en concordancia con el
Artículo 60.1 c), ambos de la Ley No. 140, de 28 de octubre de 2021, “De los Tribunales de Justicia”. ----------------------
Comuníquese a la Dirección de Cuadros del Tribunal Supremo Popular para que ad-junte lo dispuesto al respectivo expediente, remítase copia certificada de este acuerdoal Tribunal Provincial Popular correspondiente, y publíquese en la Gaceta Oficial de la República de Cuba, para conocimiento general.-------------------------------------------------
Y PARA QUE SURTA EFECTO ANTE QUIEN CORRESPONDA, EXPIDOLA PRESENTE EN LA HABANA, A 29 DE JULIO DE 2022, “AÑO 64 DE LAREVOLUCIÓN”. ------------------------------------------------------------------------------------