Acuerdo 631
El Consejo de Estado libera a una vicepresidenta del Tribunal Supremo Popular. La decisión se toma según la Constitución y leyes cubanas. El acuerdo es comunicado al presidente del Tribunal y a la interesada.
- Se libera por renovación a Farah Maritza Saucedo Pérez
- Del cargo de vicepresidenta del Tribunal Supremo Popular
- Y de presidenta de la Sala de Amparo de los Derechos Constitucionales
- El Consejo de Estado emite este acuerdo según la Constitución y la Ley 131
Texto íntegro
GOC-2026-532-EX87 JUAN ESTEBAN LAZO HERNÁNDEZ, Presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular.
HAGO SABER: Que el Consejo de Estado, en uso de las atribuciones que le están conferidas en los artículos 122 k) de la Constitución de la República, y 308 inciso b) de la Ley 131 “De Organización y Funcionamiento de la Asamblea Nacional del Poder Popular y del Consejo de Estado”; así como en Ley 140 “De los Tribunales de Justicia” de fecha 28 de octubre de 2021, ha considerado lo siguiente:
POR CUANTO: El presidente del Tribunal Supremo ha propuesto liberar como vicepresidenta del Tribunal Supremo Popular y presidenta de la Sala de Amparo de los Derechos Constitucionales del Tribunal Supremo Popular, por renovación, a la compañera FARAH MARITZA SAUCEDO PÉREZ.
POR TANTO: El Consejo de Estado, una vez realizada la valoración que corresponde, adopta el siguiente:ACUERDO 631-XÚNICO: Liberar por renovación del cargo de vicepresidenta del Tribunal Supremo Popular y de presidenta de la Sala de Amparo de los Derechos Constitucionales del Tribunal Supremo Popular, a la compañera FARAH MARITZA SAUCEDO PÉREZ.
COMUNÍQUESE el presente Acuerdo, al presidente del Tribunal Supremo Popular, a la interesada y a cuantas personas naturales y jurídicas corresponda.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República.
DADO en La Habana, a los 19 días del mes de agosto de 2026.JUAN ESTEBAN LAZO HERNÁNDEZ