Acuerdo 636
El Consejo de Estado regula el cese en funciones de magistrados por jubilación, según lo establecido en la Constitución y leyes cubanas.
- Se aprueba el cese en funciones por jubilación de 3 magistrados
- Los magistrados cesados son: Odalys Quintero Silverio, Isabel Inés Arredondo Suárez y Alina Bielsa Palomo
- El cese se fundamenta en la propuesta del presidente del Tribunal Supremo Popular
- Se comunica al presidente del Tribunal Supremo Popular y a las interesadas
Texto íntegro
GOC-2026-537-EX87 JUAN ESTEBAN LAZO HERNÁNDEZ, Presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular.
HAGO SABER: Que el Consejo de Estado, en uso de las atribuciones que le están conferidas en los artículos 122 k) de la Constitución de la República, y 308 inciso b) de la Ley 131 “De Organización y Funcionamiento de la Asamblea Nacional del Poder Popular y del Consejo de Estado”; así como en Ley 140 “De los Tribunales de Justicia” de fecha 28 de octubre de 2021, ha considerado lo siguiente:
POR CUANTO: El presidente del Tribunal Supremo Popular ha propuesto el cese en funciones, por jubilación, de los magistrados siguientes: ODALYS QUINTERO SILVE- RIO, ISABEL INÉS ARREDONDO SUÁREZ y ALINA BIELSA PALOMO.
POR TANTO: El Consejo de Estado, una vez realizada la valoración que corresponde, adopta el siguiente:ACUERDO 636-XÚNICO: Aprobar el cese en funciones, por jubilación, de los magistrados siguientes: • ODALYS QUINTERO SILVERIO; • ISABEL INÉS ARREDONDO SUÁREZ; y • ALINA BIELSA PALOMO. COMUNÍQUESE el presente Acuerdo, al presidente del Tribunal Supremo Popular, a las interesadas y a cuantas personas naturales y jurídicas corresponda.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República.
DADO en La Habana, a los 19 días del mes de agosto de 2026.JUAN ESTEBAN LAZO HERNÁNDEZ