Acuerdo 7837

Otorgar concesión de investigación geológica a la Empresa Minera del Caribe S.A.

Organismo
Consejo de Ministros
Fecha emisión
2015-11-27
Publicada en
Gaceta No. 1 Ordinaria de 2016 (2016-01-07)
Páginas
4–7
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El Acuerdo No. 7837 del Consejo de Ministros otorga una concesión de investigación geológica a la Empresa Minera del Caribe S.A. (EMINCAR) en el área denominada Satélites, provincia de Pinar del Río. La concesión permite realizar trabajos de prospección y exploración para localizar nuevos depósitos de minerales como oro, plata, plomo, zinc y cobre.

Texto íntegro

El Secretario del Consejo de Ministros y de su Comité Ejecutivo

CERTIFICA

POR CUANTO: La Empresa Minera del Caribe S.A. (EMINCAR) ha solicitado al Ministro de Energía y Minas, por conducto de la Oficina Nacional de Recursos Minera-les, una concesión de investigación geológica, subfases de prospección y exploración,en el área denominada Satélites, ubicada en los municipios de Pinar del Río, San Juan y Martínez, Minas de Matahambre y Guane, provincia de Pinar del Río, con el objetivo delocalizar nuevos depósitos de minerales para la obtención de metales básicos y preciososde oro, plata, plomo, zinc y cobre en zonas con estudios pretéritos.

POR TANTO: El Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, en el ejercicio de las facultades quele otorga el artículo 18 de la Ley No. 76 “Ley de Minas”, de 21 de diciembre de 1994, y de conformidad con el artículo 30 del Decreto-Ley No. 272 “De la Organización y Funcionamiento del Consejode Ministros”, de 16 de julio de 2010, adoptó con fecha 27 de noviembre de 2015 el siguiente:

ACUERDO

PRIMERO: Otorgar a la Empresa Minera del Caribe S.A. (EMINCAR) una concesión deinvestigación geológica en el área denominada Satélites, para realizar trabajos de prospeccióny exploración con el objetivo de localizar nuevos depósitos de minerales para la obtención demetales básicos y preciosos de oro, plata, plomo, zinc y cobre en zonas con estudios pretéritos.

SEGUNDO: El área solicitada se ubica en los municipios de Pinar del Río, San Juan y Martínez,Minas de Matahambre y Guane, provincia de Pinar del Río; tiene una extensión total de once mildoscientos noventa y seis coma treinta y ocho hectáreas (11 296,38 ha); está constituida por cuatropolígonos, cuya ubicación en el terreno, en coordenadas Lambert, Sistema Cuba Norte, es la siguiente:

| Polígono 1: 4 473,00 ha | | - | | VÉRTICE | X | Y | | 1 | 193 417 | 264 598 | | 2 | 192 373 | 266 459 | | 3 | 195 152 | 267 811 | | 4 | 199 887 | 276 377 | | 5 | 202 306 | 274 399 | | 6 | 201 743 | 273 624 | | 7 | 203 751 | 271 783 | | 8 | 200 328 | 267 355 | | 9 | 198 411 | 268 725 | | 1 | 193 417 | 264 598 | | Polígono 2: 553,85 ha | | VÉRTICE | X | Y | | 1 | 193 048 | 274 171 | | 2 | 191 831 | 275 989 | | 3 | 193 786 | 277 762 | | 4 | 194 958 | 276 195 | | 1 | 193 048 | 274 171 | | Polígono 3: 5 556,71 ha | | VÉRTICE | X | Y | | 1 | 206482 | 280660 | | 2 | 203698 | 280934 | | 3 | 202070 | 282683 | | 4 | 203653 | 284433 | | 5 | 201401 | 288145 | | 6 | 203760 | 289519 | | 7 | 211 705 | 289061 | | 1 | 206482 | 280660 | | Polígono 4: 712,82 ha | | VÉRTICE | X | Y | | 1 | 206604 | 292436 | | 2 | 204946 | 295 022 | | 3 | 207608 | 297091 | | 4 | 208176 | 295798 | | 1 | 206604 | 292436 |

TERCERO: El área de la concesión ha sido debidamente compatibilizada con los interesesde la defensa nacional y los del medio ambiente.

CUARTO: El concesionario está obligado a:

a) Comparecer ante el Centro de Inspección y Control Ambiental para solicitar y obtenerla licencia ambiental correspondiente, antes de ejecutar los trabajos que en el presente Acuerdo se autorizan;

b) devolver al Estado cubano por conducto de la Oficina Nacional de Recursos Minerales laspartes del área que no sean de su interés y, al finalizar la investigación geológica, aquellas nodeclaradas para la explotación; presentar a dicha Oficina la devolución de zonas constituidas

por superficies geométricas sencillas definidas por coordenadas Lambert, según los requisi-tos de la licencia ambiental. Además, entregar todos los datos primarios e informes técnicoscorrespondientes a los terrenos devueltos;

c) informar trimestralmente a la Oficina Nacional de Recursos Minerales el avance de los traba-jos, sus resultados y entregar al concluir el informe final sobre la investigación geológica;

d) pagar al Estado cubano un canon por año de dos (2) pesos por hectárea durante la subfasede prospección y de cinco (5) pesos por hectárea durante la subfase de exploración, paratoda el área de la presente concesión, la que se abona por anualidades adelantadas, según loestablecido por el Ministerio de Finanzas y Precios;

e) cumplir los trámites y requerimientos establecidos en el Decreto No. 262 “Reglamento para la Compatibilización del Desarrollo Económico Social del País con los Intereses de la Defensa”,de 14 de mayo de 1999, de acuerdo con los trabajos autorizados y las coordinaciones realizadascon setenta y dos (72) horas antes del inicio de las labores, con la Sección de Ingeniería de la Región Militar de la provincia de Pinar del Río; puntualizar el cronograma de ejecución y elcontrol del personal participante;

f) efectuar la debida indemnización y, cuando proceda, reparar los daños ocasionados si comoconsecuencia de su actividad minera en el área de la concesión afecta intereses o derechosde terceros, sean personas naturales o jurídicas, según establece la legislación vigente;

g) solicitar previamente al Ministro de la Agricultura, de ser necesario realizar desmonteforestal, la aprobación del Consejo de Ministros, de acuerdo con lo establecido en la Ley No. 85 “Ley Forestal”, de 21 de julio de 1998; y

h) contactar antes de iniciar los trabajos con la Delegación Provincial de Recursos Hidráulicos de Pinar del Río, a fin de ubicar y detallar en el terreno los elementos relacionados con las obras queexisten dentro del área, así como la faja de protección a tener en cuenta para cada caso.

Igualmente el concesionario, durante la realización de las actividades mineras, está obligado a:

a) Tapar las calas realizadas una vez que sea concluida la investigación geológica y restable-cer las condiciones naturales de las áreas afectadas;

b) cumplir lo establecido en los artículos 15, 16, 17 y 21 del Capítulo III “De la preservación ysaneamiento de las aguas terrestres y de la protección de fuentes, cursos naturales de agua,obras e instalaciones hidráulicas”, del Decreto-Ley No. 138 “De las Aguas Terrestres”, de 1 ro. de julio de 1993;

c) contactar con las autoridades de la Agricultura de los municipios de Pinar del Río, San Juan y Martínez, Minas de Matahambre y Guane a los efectos de evaluar las posibles afectaciones apropietarios de suelos y usufructuarios, con el objetivo de cumplir los requisitos establecidosen la legislación ambiental, específicamente con el Decreto No. 179 “Protección, Uso y Con-servación de los Suelos y sus contravenciones”, de 2 de febrero de 1993;

d) respetar las fajas forestales de los ríos localizados dentro del área de estudio, según lo establece la Norma Cubana 23:1999 – Faja Forestal de las zonas de protección a embalses y cauces fluviales;

e) informar a la Delegación de Recursos Hidráulicos de Pinar del Río cualquier hallazgode manantiales y mantener la protección de los mismos;

f) tener en cuenta que para el uso de explosivos o geofísica sísmica, las cargas que se utilicenno afecten la construcción de las obras hidráulicas existentes dentro de los polígonos 1,micropresa Cueva I y Cueva II; 2, cuenca Cuyaguateje; y 4, presa El Mulo.

QUINTO: La concesión que se otorga es aplicable al espacio definido como área de laconcesión o a la parte de este que resulte de restarle las devoluciones realizadas.

SEXTO: La presente concesión tiene una vigencia de tres (3) años, prorrogable enlos términos y condiciones establecidos en la Ley de Minas, previa solicitud expresa ydebidamente fundamentada del concesionario.

SÉPTIMO: Durante la vigencia de esta concesión no se otorga dentro del área descrita en el Apartado Segundo otra que tenga por objeto los minerales autorizados al concesionario. Si se pre-senta una solicitud de concesión o un permiso de reconocimiento para minerales distintos a losautorizados al concesionario, la Oficina Nacional de Recursos Minerales analiza esta según losprocedimientos de consulta establecidos, que incluyen al titular, y dictamina acerca de la posible

coexistencia de ambas actividades mineras, siempre que no implique una afectación técnica nieconómica al concesionario.

OCTAVO: Las informaciones y documentación entregadas a la Oficina Nacional de Recursos Minerales que así lo requirieran tienen carácter confidencial, a solicitud expresadel concesionario, y se desclasifican en la medida en que dichas áreas sean devueltas, o ensu caso, el concesionario determine no solicitar la concesión de explotación.

NOVENO: Al concluir los trabajos, el titular de la presente concesión tendrá el derechoa obtener, dentro del área investigada, una o varias concesiones de explotación de los mine-rales explorados, siempre y cuando haya cumplido todos los requerimientos y obligacionesinherentes a esta. Para lo cual presenta su solicitud treinta (30) días antes de que expire lavigencia de la presente concesión o su prórroga.

DÉCIMO: Las actividades mineras realizadas por el concesionario tienen prioridad sobretodos los demás trabajos en el área de la concesión. Las que se lleven a cabo por un tercero enesta área pueden continuar hasta la fecha en que interfieran con las del concesionario, quienda aviso a ese tercero con al menos seis (6) meses de antelación al avance de las actividadesmineras para que concluya sus labores o abandone el área, con sujeción a lo dispuesto en el Apartado Cuarto, inciso f) de este Acuerdo.

UNDÉCIMO: El concesionario durante la realización de las actividades mineras, ademásde lo dispuesto en el presente Acuerdo cumple todas las disposiciones contenidas en la referida“Ley de Minas” y la legislación complementaria aplicable a la presente concesión.

Y PARA PUBLICAR en la Gaceta Oficial de la República de Cuba, se expide la presentecertificación en el Palacio de la Revolución, a los 27 días del mes de noviembre de 2015.

José Amado Ricardo Guerra

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