Acuerdo 79

Convocatoria a Concurso de Méritos para Jueces Profesionales

Organismo
Consejo de Gobierno del Tribunal Supremo Popular
Fecha emisión
Publicada en
Gaceta No. 21 Extraordinaria de 2017 (2017-04-27)
Páginas
8–9
Descargar PDF de la gaceta
Resumen generado por IA

El Consejo de Gobierno del Tribunal Supremo Popular emite una convocatoria para un Concurso de Méritos destinado a cubrir cargos vacantes de jueces profesionales titulares en la Sala de lo Civil y de lo Administrativo. Esta convocatoria se basa en la Ley No. 82 de 1997, 'De los Tribunales Populares', que regula el ingreso y promoción en el sistema judicial.

Texto íntegro

M. Sc. CARIDAD M. FERNÁNDEZ GONZÁLEZ, SECRETARIA DEL CONSEJODE GOBIERNO Y DEL TRIBUNAL SUPREMO POPULAR

CERTIFICO: que el Consejo de Gobierno de este Tribunal, en sesión ordinaria ce-lebrada el día dieciocho de abril del año dos mil diecisiete, adoptó el acuerdo númeroochenta y uno, que copiado literalmente dice así:

CONVOCATORIA A CONCURSO DE MÉRITOS PARA ASPIRANTES A PLA-ZAS DE JUECES PROFESIONALES TITULARES DEL TRIBUNAL SUPREMOPOPULAR.

POR CUANTO: La Ley No. 82 de 11 de julio de 1997, “De los Tribunales Populares”,dispone, en sus artículos 42 y 55, que para el ingreso o promoción en el sistema judicialcomo jueces profesionales, los candidatos deben, entre otros requisitos, hallarse en la re-lación de aspirantes aprobados en los concursos de oposición y de méritos que convoqueel Consejo de Gobierno del Tribunal Supremo Popular, en los casos, oportunidades y enla forma que se regulan en el Reglamento de la mencionada Ley orgánica.

POR CUANTO: En la actualidad existen cargos vacantes de jueces profesionales titu-lares en la Sala de lo Civil y de lo Administrativo del Tribunal Supremo Popular, por loque, es necesario para cubrir los mencionados cargos, propiciar la elección de aquellosque acumulen la necesaria experiencia y méritos en el desempeño de la actividad jurisdic-cional o en otras ramas del ejercicio de la profesión de jurista en el país.

POR TANTO: El Consejo de Gobierno del Tribunal Supremo Popular, en virtud de loestablecido en el artículo 19, inciso w) de la Ley No. 82 “De los Tribunales Populares”,

ACUERDA:

PRIMERO: Convocar al Concurso de Méritos con el propósito de cubrir los cargosvacantes de jueces profesionales titulares de la Sala de lo Civil y de lo Administrativo del Tribunal Supremo Popular.

SEGUNDO: Podrán presentarse como aspirantes tanto jueces profesionales en ejerci-cio en los tribunales populares del país, como otros juristas que presten servicio en dife-rentes instituciones del territorio nacional.

TERCERO: El aspirante a participar en el Concurso de Méritos presentará la docu-mentación requerida en la Secretaría del Tribunal Provincial Popular correspondiente al

territorio en que labore. El plazo de admisión de las solicitudes vence el 30 de junio delpresente año. El interesado deberá reunir los requisitos siguientes:

- a)Ser ciudadano cubano;

- b)estar graduado de estudios superiores en Derecho con título expedido o revalidado poruniversidad o institución oficial autorizada;

- c)carecer de antecedentes penales por delitos que hagan desmerecer en el concepto público;

- d)Poseer reconocidas cualidades éticas y morales.

Además de los requerimientos que se establecen en el Apartado anterior, es necesariohaber ejercido como jurista, o impartido la docencia en las Facultades de Derecho de al-guna de las universidades nacionales, durante diez años.

A los efectos de determinar el tiempo de experiencia referido anteriormente, puedensumarse los períodos de actividad en los cargos o funciones señalados.

CUARTO: En el escrito de solicitud, se harán constar los particulares siguientes:

- a)nombres y apellidos del solicitante;

- b)ciudadanía;

- c)fecha de nacimiento;

- d)fecha de graduación;

- e)centro de estudios superiores que expidió el título;

- f)número de inscripción en el Registro General de Juristas;

- g)estado civil;

- h)dirección del lugar de residencia;

- i)entidades donde ha ejercido profesionalmente;

- j)tipo de labor que realiza.

QUINTO: Los aspirantes que se presenten a concurso de méritos deberán acreditar,entre otros aspectos, los señalados en el artículo 96 del Reglamento de la Ley No. 82 “Delos Tribunales Populares” relacionados con:

- a)Título o grado científico en materia de derecho;

- b)años de servicio en la especialidad jurídica de que se trate;

- c)realización de curso de postgrado, especialidad o maestría en diferentes ramas del Derecho;

- d)presentación de ponencias o trabajos de interés jurídico en cursos, congresos u otroseventos de similar naturaleza;

- e)publicaciones jurídicas realizadas;

- f)dictámenes emitidos, investigaciones realizadas, asesoramiento o cualquier otro serviciojurídico prestado;

- g)participación en la elaboración de proyectos legislativos relacionados con la temáticajudicial;

- h)otros títulos obtenidos o conocimientos adquiridos.

SEXTO: El tribunal examinador estará presidido por la M. Sc. Olga Lidia Jones Morrin-son, Vicepresidenta del Tribunal Supremo Popular, e integrado por el M. Sc. Carlos M. Díaz Tenreiro y la Esp. Isabel Arredondo Suárez, Presidenta y Jueza Profesional Titular, respectiva-mente, de la Sala de lo Civil y de lo Administrativo del referido órgano judicial.

Corresponde al tribunal examinador exponer por escrito el número de méritos que porsu orden haya obtenido cada concursante e informar sus resultados al Consejo de Gobier-no del Tribunal Supremo Popular.

Los resultados del concurso de méritos serán dados a conocer a los interesados a travésde la Secretaría de los Tribunales Provinciales Populares el día 20 de julio de 2017.

SÉPTIMO: El Consejo de Gobierno del Tribunal Supremo Popular evaluará los méri-tos alcanzados por cada concursante y otros aspectos que a juicio de sus miembros debantenerse en cuenta para determinar, entre estos, los que se propondrán a la Asamblea Nacional del Poder Popular, a los fines de que sean elegidos para los cargos vacantes.

OCTAVO: Comuníquese a la Dirección de Comunicación Institucional y de Relacio-nes Internacionales del Tribunal Supremo Popular para su divulgación en el país, y a lospresidentes de los tribunales provinciales populares, para que se lo hagan saber a todos losjueces profesionales de sus territorios respectivos. Asimismo, dese a conocer a la Fiscalía General de la República, al Ministerio de Justicia, a la Organización Nacional de Bufetes Colectivos, a la Unión Nacional de Juristas de Cuba y a las universidades del país quecuenten con la carrera de Derecho, para su conocimiento y efectos, y; publíquese en la Gaceta Oficial de la República, para general conocimiento.