Acuerdo 8
El Consejo de Estado designa a un Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República de Cuba. Esta designación se realiza según las atribuciones conferidas en la Constitución de la República y la Ley de Organización y Funcionamiento de la Asamblea Nacional del Poder Popular y del Consejo de Estado.
- Se designa a Orlando Ernesto Álvarez Álvarez como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario.
- Se acredita en la República de Botswana como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República de Cuba.
- El Ministro de Relaciones Exteriores queda encargado de lo dispuesto en el Acuerdo.
- El Acuerdo debe notificarse al designado y publicarse en la Gaceta Oficial de la República.
Texto íntegro
JUAN ESTEBAN LAZO HERNÁNDEZ, Presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular.
HAGO SABER: Que el Consejo de Estado, en uso de las atribuciones conferidasen el
Artículo 122, inciso o) de la Constitución de la República, y en el
Artículo 257,inciso o) de la Ley No. 131, de 20 de diciembre de 2019, “Ley de Organización y Funcionamiento de la Asamblea Nacional del Poder Popular y del Consejo de Estado”, apropuesta del Presidente de la República, ha adoptado el siguiente:
ACUERDO NO. 21
PRIMERO: Designar a ORLANDO ERNESTO ÁLVAREZ ÁLVAREZ en el cargode Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República de Cuba.
SEGUNDO: Disponer que ORLANDO ERNESTO ÁLVAREZ ÁLVAREZ se acre-dite en la República de Botswana como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario dela República de Cuba.
TERCERO: El Ministro de Relaciones Exteriores queda encargado de lo dispuesto enel presente Acuerdo.
NOTIFÍQUESE al designado y a cuantas personas naturales o jurídicas corresponda.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República.
DADO en La Habana, a los dos días del mes de marzo de 2021.
Juan Esteban Lazo Hernández
________________