Resolución 6/2017

Sobre la actualización de los plazos de presentación de los Estados Financieros Agregados y Consolidados

Organismo
Ministerio de Finanzas y Precios
Fecha emisión
2017-01-11
Publicada en
Gaceta No. 12 Ordinaria de 2017 (2017-03-07)
Páginas
28–29
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Resumen generado por IA

La Resolución No. 6/2017 del Ministerio de Finanzas y Precios actualiza los plazos de presentación de los Estados Financieros Agregados y Consolidados. Esta norma es emitida por la Ministra de Finanzas y Precios, Lina Olinda Pedraza Rodríguez, en virtud de sus atribuciones constitucionales.

Texto íntegro

RESOLUCIÓN No. 6/2017

POR CUANTO: El Acuerdo No. 7334 del Consejo de Ministros, de 19 de diciembrede 2012, establece entre las funciones específicas de este Ministerio, la de proponer lapolítica de contabilidad y costos para todos los sectores de la economía y el sistema decontabilidad gubernamental, así como dirigir y controlar su ejecución.

POR CUANTO: La Resolución No. 235, de 30 de septiembre de 2005, dictada por la Ministra de Finanzas y Precios, puso en vigor las Normas Cubanas de Información Finan-ciera como base para el registro de los hechos económicos.

POR CUANTO: La Resolución No. 130, de 29 de marzo de 2016, dictada por quiensuscribe, puso en vigor el calendario de entrega de la información para el año 2016 y ac-tualizó las normas contables de los órganos, organismos y organizaciones superiores dedirección empresarial que forman parte del presupuesto central.

POR CUANTO: Teniendo en cuenta el perfeccionamiento alcanzado en el Sistema de Contabilidad Gubernamental, resulta necesario actualizar los plazos de presentación de los Estados Financieros Agregados y Consolidados al Ministerio de Finanzas y Precios.

POR TANTO: En el ejercicio de la atribución que me está conferida en el artículo 100,inciso a), de la Constitución de la República de Cuba,

R e s u e l v o :

PRIMERO: Establecer las fechas para la entrega de los Estados Financieros del Siste-ma de Contabilidad Gubernamental y sus notas al Ministerio de Finanzas y Precios parael año 2017.

SEGUNDO: La información de las unidades presupuestadas, organismos de la Ad-ministración Central del Estado y organizaciones superiores de dirección empresarialcorrespondiente al mes de diciembre tiene carácter de liquidación de presupuesto de esenivel presupuestario.

TERCERO: La información de los Estados Financieros de los órganos locales del Po-der Popular correspondiente al mes de diciembre tiene carácter de liquidación de presu-puesto de ese nivel presupuestario y las notas al balance tienen carácter provisional hastatanto se reciba en este Ministerio la notificación de la aprobación de la liquidación delpresupuesto en las asambleas correspondientes.

CUARTO: Derogar los resuelvos Tercero, Cuarto y Quinto de la Resolución No. 130,de 29 de marzo de 2016, dictada por quien resuelve.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurídica de este Ministerio.

DADA en La Habana, a los 11 días del mes de enero de 2017.

Lina Olinda Pedraza Rodríguez

Ministra de Finanzas y Precios

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