Acuerdo 8329
El Acuerdo No. 8329 modifica el Acuerdo No. 7838 sobre concesión de investigación geológica emitido por el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros. La modificación se refiere a la reducción del área de investigación geológica otorgada a la Empresa Minera del Caribe S.A. en la provincia de Pinar del Río.
- Se reduce el área de investigación geológica de 11.296,38 ha a 4.530,91 ha.
- El área devuelta es de 6.765,47 ha y se declara franca para nuevas solicitudes mineras.
- Se modifica el Apartado Segundo del Acuerdo No. 7838 con nuevos límites y coordenadas.
- Se mantienen los términos y condiciones del Acuerdo No. 7838, salvo lo que se oponga a la modificación.
- La modificación se realizó según la Ley No. 76 'Ley de Minas' y el Decreto-Ley No. 272.
Texto íntegro
GOC-2018-619-O32 El Secretario del Consejo de Ministros y de su Comité Ejecutivo CERTIFICA
POR CUANTO: El Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, en el ejercicio de las facultades conferidas en la Ley No. 76 “Ley de Minas”, de 21 de diciembre de 1994, emitió el Acuerdo No. 7838, de 27 de noviembre de 2015, que otorga derechos mineros de investigación geológica a la Empresa Minera del Caribe S.A. ,en el área denominada Satélites, ubicada en los municipios de Pinar del Río, San Juan y Martínez, Minas de Matahambre y Guane, provincia de Pinar del Río, con un área total de once mil doscien-tos noventa y seis coma treinta y ocho hectáreas, para ejecutar trabajos de prospección y exploración con el objetivo de localizar nuevos depósitos de minerales para la obtención de metales básicos y preciosos de oro, plata, plomo, zinc y cobre.
POR CUANTO: El ministro de Energía y Minas, a instancia de la Empresa Minera del Caribe S.A., y por conducto de la Oficina Nacional de Recursos Minerales, ha solicitado la modificación del Acuerdo No. 7838 para reconocer la devolución de seis mil setecien-tos sesenta y cinco coma cuarenta y siete hectáreas del área descrita en el Por Cuanto anterior, por lo que resulta necesario actualizar los límites de esta.
POR TANTO: El Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, en el ejercicio de las facultades que le otorga la Ley No. 76 “Ley de Minas”, de 21 de diciembre de 1994, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 30 del Decreto-Ley No. 272 “De la Organi-zación y Funcionamiento del Consejo de Ministros”, de 16 de julio de 2010, adoptó el 17 de marzo de 2018 el siguiente: ACUERDO
PRIMERO: Modificar el Apartado Segundo del Acuerdo No. 7838 del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, de 27 de noviembre de 2015, el que queda redactado como sigue:“El área de la concesión de investigación geológica abarca un total de cuatro mil qui-nientos treinta coma noventa y una hectáreas, cuya localización en el terreno, en coorde-nadas Lambert, Sistema Cuba Norte, es la siguiente:ÁREA DE INVESTIGACIÓN GEOLÓGICA: 4 530,91 ha POLÍGONO 3: 3 818,09 (ha) VÉRTICES X Y1 203 760 289 519 2 211 705 289 061 3 208 814 284 4114 203 653 284 433 5 201 401 288 145 1 203 760 289 519 POLÍGONO 4: 712,82 ha VÉRTICES X Y1 206 604 292 436 2 204 946 295 022 3 207 608 297 0914 208 176 295 798 1 206 604 292 436”SEGUNDO: Declarar franca el área devuelta, ascendente a seis mil setecientos sesenta y cinco coma cuarenta y siete hectáreas, la cual puede ser objeto de nuevas solicitudes para realizar actividades mineras, la que se detalla a continuación:
868 GACETA OFICIAL 3 de octubre de 2018 POLÍGONO 1: 4 473,00 ha VÉRTICES X Y1 193 417 264 598 2 192 373 266 459 3 195 152 267 8114 199 887 276 377 5 202 306 274 399 6 201 743 273 624 7 203 751 271 783 8 200 328 267 355 9 198 411 268 725 1 193 417 264 598 POLÍGONO 2: 553,85 ha VÉRTICES X Y1 193 048 274 171 2 191 831 275 989 3 193 786 277 7624 194 958 276 195 1 193 048 274 171 POLÍGONO 3: 1 738,62 ha VÉRTICES X Y1 203 653 284 433 2 208 814 284 411 3 206 482 280 6604 203 698 280 934 5 202 070 282 683 1 203 653 284 433
TERCERO: Los términos, condiciones y obligaciones establecidos en el Acuerdo No. 7838 del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, de 27 de noviembre de 2015, continúan siendo de aplicación, con excepción de lo que se oponga a lo establecido en los apartados anteriores. Y PARA PUBLICAR en la Gaceta Oficial de la República de Cuba, se expide la presente certificación, en el Palacio de la Revolución, a los 17 días del mes de marzo de 2018.josé Amado Ricardo Guerra________________