Acuerdo 8330

Modificación del Acuerdo No. 7844 sobre concesión de investigación geológica

Organismo
Consejo de Ministros
Fecha emisión
2018-03-17
Publicada en
Gaceta No. 32 Ordinaria de 2018 (2018-10-03)
Páginas
8–11
Descargar PDF de la gaceta
Resumen generado por IA

El Acuerdo No. 8330 modifica el Acuerdo No. 7844 sobre concesión de investigación geológica emitido por el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros. La modificación se refiere a la reducción del área de investigación geológica otorgada a la Empresa Minera del Caribe S.A. en la provincia de Pinar del Río.

Texto íntegro

GOC-2018-620-O32 El Secretario del Consejo de Ministros y de su Comité Ejecutivo CERTIFICA

POR CUANTO: El Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, en el ejercicio de las facultades conferidas en la Ley No. 76 “Ley de Minas”, de 21 de diciembre de 1994, emi-tió el Acuerdo No. 7844, de 27 de noviembre de 2015, que otorga derechos mineros de investigación geológica a la Empresa Minera del Caribe S.A. ,en el área denominada As-tros, ubicada en los municipios de Mantua, Minas de Matahambre y Guane, provincia de Pinar del Río, con un área total de cincuenta mil novecientos uno coma nueve hectáreas, para ejecutar trabajos de prospección y exploración con el objetivo de localizar nuevos depósitos de minerales para la obtención de metales básicos y preciosos de oro, plata, plomo, zinc, barita, pirita y cobre.

869 GACETA OFICIAL3 de octubre de 2018

POR CUANTO: El ministro de Energía y Minas, a instancia de la Empresa Minera del Caribe S.A., y por conducto de la Oficina Nacional de Recursos Minerales, ha solicitado la modificación del Acuerdo No. 7844 para reconocer la devolución de treinta mil tres-cientos cincuenta y tres coma nueve hectáreas del área descrita en el Por Cuanto anterior, por lo que resulta necesario actualizar los límites de esta.

POR TANTO: El Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, en el ejercicio de las facultades que le otorga la Ley No. 76 “Ley de Minas”, de 21 de diciembre de 1994, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 30 del Decreto-Ley No. 272 “De la Organi-zación y Funcionamiento del Consejo de Ministros”, de 16 de julio de 2010, adoptó el 17 de marzo de 2018 el siguiente: ACUERDO

PRIMERO: Modificar el Apartado Segundo del Acuerdo No. 7844 del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, de 27 de noviembre de 2015, el que queda redactado como sigue:“El área de la concesión de investigación geológica abarca un total de veinte mil quinientos cuarenta y ocho hectáreas, cuya localización en el terreno, en coordenadas Lambert, Sistema Cuba Norte, es la siguiente:ÁREA DE INVESTIGACIÓN GEOLÓGICA: 20 548 ha SECTOR PULSAR: 2 511,79 ha VÉRTICES X Y1 171 450 298 608 2 178 815 298 608 3 178 805 294 7524 174 834 294 752 5 174 803 295 707 6 171 450 295 734 1 171 450 298 608 SECTOR ESTRELLA: 10 903,85 ha VÉRTICES X Y1 179 974 298 608 2 185 815 298 608 3 190 055 294 4704 185 653 288 220 5 185 445 284 895 6 178 312 284 964 7 178 374 289 520 8 179 974 290 782 1 179 974 298 608 SECTOR ASTEROIDE: 4 421,46 ha VÉRTICES X Y1 186 050 279 969 2 186 221 279 030 3 184 733 275 0184 176 736 275 023 5 176 706 280 026 1 186 050 279 969

870 GACETA OFICIAL 3 de octubre de 2018 SECTOR COMETA: 1 851,86 ha VÉRTICES X Y1 183 719 272 282 2 182 505 269 008 3 176 373 268 6244 176 373 270 312 5 178 880 270 343 6 178 774 272 313 1 183 719 272 282 SECTOR CUASAR: 859 ,04 ha VÉRTICE X Y1 169 400 278 407 2 169 400 280 624 3 173 264 280 5934 173 233 278 346 1 169 400 278 407”.SEGUNDO: Declarar franca el área devuelta, ascendente a treinta mil trescientos cincuenta y tres coma nueve hectáreas, la cual puede ser objeto de nuevas solicitudes para realizar actividades mineras, la que se detalla a continuación:VÉRTICES X Y1 178 815 298 608 2 179 974 298 608 3 179 974 290 7824 178 374 289 520 5 178 312 284 964 6 185 445 284 895 7 185 370 283 696 8 186 050 279 969 9 176 706 280 026 10 176 736 275 023 11 184 733 275 018 12 183 719 272 282 13 178 774 272 313 14 178 880 270 343 15 176 373 270 312 16 176 373 268 624 17 170 650 268 265 18 170 650 271 890 19 169 400 271 890 20 169 400 278 407 21 173 233 278 346 22 173 264 280 593 23 169 400 280 624 24 169 400 281 830 25 166 600 281 830 26 166 600 292 000 27 171 450 292 785

871 GACETA OFICIAL3 de octubre de 2018 VÉRTICES X Y28 171 450 295 734 29 174 803 295 707 30 174 834 294 752 31 178 805 294 752 1 178 815 298 608

TERCERO: Los términos, condiciones y obligaciones establecidos en el Acuerdo No. 7844 del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, de 27 de noviembre de 2015, continúan siendo de aplicación, con excepción de lo que se oponga a lo establecido en los apartados anteriores. Y PARA PUBLICAR en la Gaceta Oficial de la República de Cuba, se expide la presente certificación, en el Palacio de la Revolución, a los 17 días del mes de marzo de 2018.josé Amado Ricardo GuerraMINISTERIOS______COMERCIO EXTERIORY LA INVERSIÓN EXTRANjERA