Acuerdo 8367
El Acuerdo No. 8367 del Consejo de Ministros prorroga la concesión de investigación geológica en el área Nicaro-Mícara, otorgada a Commercial Caribbean Nickel S.A. El objetivo es continuar la exploración de minerales como níquel, hierro y cobalto.
- La prórroga tiene una duración de cuatro años, hasta el 11 de mayo de 2022.
- El concesionario debe solicitar la actualización de la Licencia Ambiental ante el Centro de Inspección y Control Ambiental.
- Debe cumplir con la Ley No. 124 de 2017, sobre las aguas terrestres, y su legislación complementaria.
- Debe contactar con las delegaciones de la Agricultura de los municipios afectados para indemnizar a usufructuarios y reparar daños a terceros.
- Debe cumplir con el Decreto No. 179 de 1993, sobre protección, uso y conservación de los suelos.
Texto íntegro
GOC-2018-784-O39 El Secretario del Consejo de Ministros y de su Comité Ejecutivo CERTIFICA
POR CUANTO: El Acuerdo No.7719 del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, de 10 de abril de 2015, autoriza a la sociedad mercantil Commercial Caribbean Nickel S.A., una concesión de investigación geológica en el área denominada Nicaro-Mícara, ubicada en los municipios de Mayarí y de Segundo Frente, provincias de Holguín y de Santiago de Cuba, respectivamente, durante un período de tres años, con el objetivo de realizar trabajos de exploración geológica, subfases de exploración de los minerales limonita y serpentina con contenido de hierro (Fe), níquel (Ni), cobalto (Co), aluminio (Al), cromo (Cr), manganeso (Mn) y minerales acompañantes.
POR CUANTO: El Ministro de Energía y Minas, a instancia de la sociedad mercantil Commercial Caribbean Nickel S.A., y por conducto de la Oficina Nacional de Recursos Minerales, ha solicitado autorización para prorrogar por cuatro años la vigencia de la concesión otorgada, con el objetivo de dar continuidad a la investigación antes mencionada.
POR TANTO: El Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, en el ejercicio de las facultades otorgadas en la Disposición Especial Cuarta de la Ley No. 76 “Ley de Minas”, de 21 de diciembre de 1994, de conformidad con los artículos 13, inciso i), y en relación con el 30 del Decreto-Ley No. 272 “De la Organización y Funcionamiento del Consejo de Ministros”, de 16 de julio de 2010, adoptó con fecha 20 de abril de 2018 el siguiente: ACUERDO
PRIMERO: Prorrogar hasta el 11 de mayo de 2022 los derechos concedidos a la sociedad mercantil Commercial Caribbean Nickel S.A., para continuar los trabajos de exploración geológica de los minerales limonita y serpentina con contenido de hierro (Fe), níquel (Ni), cobalto (Co), aluminio (Al), cromo (Cr), manganeso (Mn) y minerales acompañantes, hasta finalizar el estudio de factibilidad técnico-económica en el área denominada Nicaro-Mícara, ubicada en los municipios de Mayarí y de Segundo Frente, provincias de Holguín y de Santiago de Cuba, respectivamente.
SEGUNDO: El concesionario, durante la realización de las actividades mineras prorrogadas, está obligado a cumplir lo siguiente:
1056 GACETA OFICIAL 30 de noviembre de 2018 a) Solicitar la actualización de la Licencia Ambiental ante el Centro de Inspección y Control Ambiental; b) cumplir con lo establecido en la Ley No. 124, “De las aguas terrestres”, de 14 de julio de 2017, y su legislación complementaria; c) contactar con las delegaciones de la Agricultura de los municipios de Mayarí y de Segundo Frente, de las provincias de Holguín y de Santiago de Cuba, respectivamente, a los fines de efectuar, cuando proceda, la debida indemnización a usufructuarios y demás tenentes de tierras, así como reparar los daños ocasionados si como consecuencia de su actividad minera en el área de la concesión afectara intereses o derechos de terceros, sean personas naturales o jurídicas, según establece la legislación vigente; y d) cumplir con lo dispuesto en el Decreto No. 179 “Protección, uso y conservación de los suelos y sus contravenciones”, de 2 de febrero de 1993.
TERCERO: Lo establecido mediante el Acuerdo No. 7719 del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, de 10 de abril de 2015, es aplicable a la prórroga que se autoriza, con excepción de lo que se oponga a lo regulado en el presente Acuerdo. Y PARA PUBLICAR en la Gaceta Oficial de la República de Cuba, se expide la presente certificación, en el Palacio de la Revolución, a los 20 días del mes de abril de 2018.josé Amado Ricardo Guerra________________