Acuerdo 8691

Prórroga de concesión de investigación geológica en el área de Cromita Ferrolana

Organismo
Consejo de Ministros
Fecha emisión
2019-10-03
Publicada en
Gaceta No. 81 Ordinaria de 2019 (2019-10-21)
Páginas
3–4
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Texto íntegro

GOC-2019-904-O81 El Secretario del Consejo de MinistrosCERTIFICA

POR CUANTO: El Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, en el ejercicio de las facultades conferidas en el

Artículo 18 de la Ley 76 “Ley de Minas”, de 21 de diciem-bre de 1994, emitió el Acuerdo 8006, de 5 de octubre de 2016, que otorgó a la Empresa Geominera Camagüey una concesión de investigación geológica por tres (3) años en el área denominada Cromita Ferrolana, ubicada en el municipio de Minas, provincia de Ca-magüey, con el objetivo de realizar trabajos de exploración geológica para incrementar el grado de estudio de los recursos del mineral cromo.

POR CUANTO: El Ministro de Energía y Minas, a instancia de la Empresa Geominera Camagüey y por conducto de la Oficina Nacional de Recursos Minerales, ha solicitado autorización para prorrogar por dos (2) años el período de vigencia de la concesión otor-gada, con el objetivo de continuar y concluir los trabajos de investigación.

POR TANTO: El Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, en virtud del

Artículo 137, inciso o), de la Constitución de la República de Cuba, adoptó el 3 de octubre de 2019 el siguiente:ACUERDOPRIMERO: Prorrogar hasta el 28 de noviembre de 2021 el término concedido a la Em-presa Geominera Camagüey mediante el Acuerdo 8006 del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, de 5 de octubre de 2016, para continuar y concluir los trabajos en el área de la concesión de investigación geológica denominada Cromita Ferrolana, ubicada en el municipio de Minas, provincia de Camagüey.

SEGUNDO: El concesionario está obligado a: a) Presentar un informe ante la Dirección de Control Ambiental de la Oficina de Regulación y Seguridad Ambiental, con el cumplimiento de las medidas impuestas en la Licencia Ambiental 32, otorgada el 16 de mayo de 2019, con énfasis en aquellas que minimizan el impacto ambiental, una vez concluidos los trabajos en el área; b) contactar con los funcionarios de la delegación del Ministerio de la Agricultura de la provincia de Camagüey a los efectos de dar a conocer la prórroga que se otorga;

1740 GACETA OFICIAL 21 de octubre de 2019 c) cumplir con lo establecido en la Norma Cubana “Vertimiento de Aguas Residuales a las Aguas Terrestres y al Alcantarillado. Especificaciones” y “Franja Forestales de las zonas de protección a embalses y cauces fluviales”; d) cumplir con lo establecido en la Ley 124 “De las aguas terrestres”, de 24 de julio de 2017, específicamente con lo regulado en el Capítulo III, artículos 74.1, 78.1 y 79; y e) abstenerse de depositar desechos u otro material en zonas que puedan afectar el escurrimiento natural del terreno.

TERCERO: Los términos, condiciones y obligaciones establecidas en el Acuerdo 8006 del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, de 5 de octubre de 2016, son de aplica-ción a la prórroga que se otorga, con excepción de lo que se oponga a lo establecido por el presente Acuerdo. Y PARA PUBLICAR en la Gaceta Oficial de la República de Cuba se expide la presen-te certificación, en el Palacio de la Revolución, a los 3 días del mes de octubre de 2019. “AÑO 61 DE LA REVOLUCIÓN”. josé Amado Ricardo Guerra________________