Acuerdo 8692
Texto íntegro
GOC-2019-905-O81 El Secretario del Consejo de MinistrosCERTIFICA
POR CUANTO: Mediante el Acuerdo 7299 del Comité Ejecutivo del Consejo de Mi-nistros, de 11 de septiembre de 2012, se le otorgó a la Empresa Geominera del Centro una concesión de investigación geológica por tres (3) años, en el área denominada Franja Meloneras Oropesa, ubicada en el municipio de Placetas, provincia de Villa Clara, con el objeto de localizar nuevos depósitos de oro y plata que después de un proceso de explo-ración y estudios tecnológicos y técnico-económicos, permitan la prolongación de la vida útil de la planta de Placetas. Posteriormente, estos derechos mineros fueron prorrogados mediante los acuerdos 7817, de 5 de octubre de 2015, y 8198, de 31 de julio de 2017, de este propio órgano.
POR CUANTO: El Ministro de Energía y Minas, a instancia de la Empresa Geominera del Centro y por conducto de la Oficina Nacional de Recursos Minerales, ha solicitado autorización para prorrogar por dos años más el período de vigencia de la concesión otor-gada, con el objetivo de darle continuidad a los trabajos de investigación.
POR TANTO: El Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, en el ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 135 y 137, incisos ñ) y o) de la Constitución de la República de Cuba, de conformidad con el
Artículo 18 y la Disposición Especial Cuarta de la Ley No 76 “Ley de Minas”, de 21 de diciembre de 1994, adoptó con fecha 3 de octubre de 2019 el siguiente:ACUERDOPRIMERO: Prorrogar por dos años el término concedido a la Empresa Geominera del Centro mediante el Acuerdo 8198 del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, de 31 de julio de 2017, para continuar los trabajos en el área de la concesión de investigación geológica denominada Franja Meloneras Oropesa, ubicada en el municipio de Placetas, provincia de Villa Clara.
1741 GACETA OFICIAL21 de octubre de 2019
SEGUNDO: El concesionario está obligado a: 1. Solicitar y obtener la actualización de la Licencia Ambiental ante la delegación del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente de la provincia de Villa Clara, que tenga en cuenta los cambios en la ubicación de las trincheras y la perforación de pozos, según los ajustes en los esquemas geológicos del área; 2. presentar un informe, al finalizar la investigación, con el cumplimiento de las medidas impuestas en la Licencia Ambiental, con énfasis en aquellas que minimizan el impacto ambiental, ante la Delegación del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, en la provincia de Villa Clara; 3. contactar con los funcionarios de la Delegación del Ministerio de la Agricultura de la provincia de Villa Clara, a los efectos de dar a conocer la prórroga que se otorga; 4. cumplir con lo establecido en las normas cubanas “Vertimiento de Aguas Residuales a las Aguas Terrestres y al Alcantarillado-Especificaciones” y “Franjas Forestales de las zonas de protección a embalses y cauces fluviales”; 5. abstenerse de depositar desechos u otro material en zonas que puedan afectar el escurrimiento natural del terreno; 6. cumplir con lo establecido en la Ley 124 “De las aguas terrestres”, de 14 de julio de 2017, y su Reglamento, el Decreto 337, de 5 de septiembre de 2017; y 7. tapar los pozos y las calas realizadas, así como restituir las condiciones del área, una vez concluidos los trabajos de investigación.
TERCERO: Los términos, condiciones y obligaciones establecidos por los acuerdos 7299, de 11 de septiembre de 2012; 7817, de 5 de octubre de 2015; y 8198, de 31 de julio de 2017; todos del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros; son de aplicación a la prórro-ga que se otorga, con excepción de lo que se oponga a lo dispuesto en el presente Acuerdo. Y PARA PUBLICAR en la Gaceta Oficial de la República de Cuba, se expide la pre-sente certificación, en el Palacio de la Revolución, a los 3 días del mes de octubre de 2019. “AÑO 61 DE LA REVOLUCIÓN”. josé Amado Ricardo Guerra________________