Acuerdo 8693

Prórroga de concesión de investigación geológica a la Empresa Geominera Camagüey

Organismo
Consejo de Ministros
Fecha emisión
2019-10-03
Publicada en
Gaceta No. 81 Ordinaria de 2019 (2019-10-21)
Páginas
5–6
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Texto íntegro

GOC-2019-906-O81 El Secretario del Consejo de MinistrosCERTIFICA

POR CUANTO: La Ley No. 76 “Ley de Minas”, de 21 de diciembre de 1994, y su Reglamento, emitido por el Decreto No. 222, de 16 de septiembre de 1997, establecen el procedimiento para otorgar las prórrogas de las concesiones mineras que se otorgan al amparo de estas disposiciones jurídicas.

POR CUANTO: Mediante el Acuerdo No. 7981 del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, publicado en Gaceta Oficial, el 26 de septiembre de 2016, se otorgó a la Empresa Geominera Camagüey una concesión de investigación geológica por tres años, en el área denominada La Unión, ubicada en el municipio de Sibanicú, provincia de Ca-magüey, con el objetivo de realizar trabajos de prospección y exploración geológica para

1742 GACETA OFICIAL 21 de octubre de 2019 investigar los minerales oro, cobre, molibdeno y demás minerales acompañantes existen-tes en el área.

POR CUANTO: El Ministro de Energía y Minas, a instancia de la Empresa Geominera de Camagüey y por conducto de la Oficina Nacional de Recursos Minerales, ha solicitado autorización para prorrogar por dos años el periodo de vigencia de la concesión otorgada, con el objetivo de darle continuidad a los trabajos de prospección y exploración.

POR TANTO: El Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, en el ejercicio de las atribuciones que le otorga el

Artículo 137, inciso o), de la Constitución de la República de Cuba, adoptó el 3 de octubre de 2019 el siguiente:ACUERDOPRIMERO: Prorrogar hasta el 26 de septiembre de 2021 el término concedido a la Em-presa Geominera Camagüey por el citado Acuerdo No. 7981, para continuar los trabajos en el área de la concesión de investigación geológica denominada La Unión, ubicada en el municipio Sibanicú, provincia de Camagüey.

SEGUNDO: El concesionario está obligado a: a) Solicitar la actualización de la Licencia Ambiental ante la Dirección de Control Ambiental de la Oficina de Regulación y Seguridad Ambiental, acompañado de un informe con el cumplimiento de las medidas impuestas en la referida licencia, otorgada el 2 de febrero de 2016, haciendo énfasis en aquellas que minimizan el impacto ambiental generado por el proyecto; y b) cumplir con lo establecido en la Ley No. 124 “De las Aguas Terrestres”, de 14 de julio de 2017, y el Decreto No. 337, su Reglamento, de 5 de septiembre de 2017.

TERCERO: Los términos, condiciones y obligaciones establecidos por el citado Acuerdo No. 7981 son de aplicación a la prórroga que se otorga, con excepción de lo que se oponga a lo regulado en el presente Acuerdo. Y PARA PUBLICAR en la Gaceta Oficial de la República de Cuba, se expide la pre-sente certificación, en el Palacio de la Revolución, a los 3 días del mes de octubre de 2019. “AÑO 61 DE LA REVOLUCIÓN”. josé Amado Ricardo Guerra________________